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08 de January del 2014 a las 02:50 -
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Barraca Erro: Cierran sector por muerte de obrero
Inspección General del Trabajo clausuró en forma preventiva sector donde falleció obrero de barraca Erro porque
Inspección General del Trabajo clausuró en forma preventiva sector donde falleció obrero de barraca Erro porque

El 30 de diciembre 2013 falleció un trabajador de empresa Erro que cumplía tareas en el sector de silos ubicado frente a lo que fuera la industria Janka en zona de ingreso a Dolores. El sindicato denunció la situación ante el Ministerio de Trabajo que envió Inspección que determinó la existencia de peligro inminente para la salud y seguridad de los trabajadores. La gremial indicó que ese mismo día, mientras trabajaban embolsando cereales y colocando pastillas de plaguicidas, era uno de los días de la anunciada ola de calor y uno de los tres operarios se sintió descompuesto a esos de las 8.30 de la mañana, por lo que se retiró del trabajo y ya pasadas las 13.00 horas, José Luis Gallo de 58 años, se sintió indispuesto, con un dolor en el pecho, fue al baño y a los minutos, estando sentado, cayó al piso, muerto. Se intentó la reanimación sin resultado. Elhombre registraba más de 20 años de labor en la empresa. El sindicato apunta en la responsabilidad hacia los encargados del sector, debido a que las autoridades de la salud efectuaron medidas de prevención para no exponerse ante la ola de calor, en ese lugar estiman que la temperatura al aire libre, en el descampado donde trabajan estos operarios, se situaba en 37°, no habiéndose tomado la precaución de correr los turnos para que no estuvieran expuestos a los rayos solares y el calor de éstos.

La Justicia determinó la realización de autopsia y lasactuaciones continúan en su órbita para determinar si existe alguna responsabilidad de penal por lo ocurrido.

EL ACTA DE HECHOS

El acta de hechos referido a las condiciones ambientales de trabajo realizada por la Inspección General del MTSS con fecha 3 de enero, en la empresa Barraca Jorge W. Erro S.A. en el sector ubicado en continuación calle Río Negro casi ruta 21, dedicado a barraca de cereales expresa que "con fecha 30/12/2013 fallece el Sr. José Luis Gallo en el predio de la empresa de referencia. En este acto se intima en plazo de cinco días a presentar ante la I.G.T.S.S. informe de la empresa detallanado el evento y circunstancias. En este acto se tiene a la vista y se agregan fotocopias de la hoja de la PCT donde figura el Sr. Gallo, certificado de Registro de PCT, recibo de pago al BSE de póliza de accidentes de trabajo, cédula de identidad (vencida) del fallecido".

En una segunda hoja establece que allí "se realiza embolsado y colocación de pastillas de plaguicidas en cereales, utilizando tractores y tolva. 1) Trabajadores no utilizan adecuadamente los equipos de protección personal. 2) Trabajadores manifiestan desconocer a) Los efectos y correcta forma de aplicar los plaguicidas. b) Las fichas de seguridad de los productos químicos. 3) Tractor carece de A) Espejo. B) Cinturón de seguridad. En este acto se clausuran preventivamente las tareas de embolsado y "empastillado" (colocación de plaguicidas) asociadas (se adjunta acta de clausura). Se intima en plazo de cinco días presentar ante la IGTSS. 4) Procedimiento general de aplicación de plaguicidas. 5) Evaluación de riesgos, plan de prevención y plan de vigilancia de salud si corresponde de acuerdo al decreto 307/09. 6) Procedimiento de actuación frente a emergencias (se deben agregar las constancias de asistencia firmadas por los asistentes).

EL ACTA DE CLAUSURA PREVENTIVA

El acta de clasurua preventiva por condiciones ambientalesde trabajo, realizada el 3 de enero 2014, señala: "En este acto y por los hechos constatados precedentemente de los que se ha dejando constancia en el acta de hechos, se concluye en la existencia de un peligro inminente para la salud y seguridad delos trabajadores, por lo que se procede a la clausura preventiva de tareas deembolsado y colocación de pastillas de fósforo de aluminio. Hasta que se adopten las condiciones de seguridad y salud laboral señaladas en los numerales 1, 2 y 3 del acta de hechos que antecede. Mientras dure la clausura preventiva dispuesta, la empresa deberán abonar los jornales de todo el personal afectado a la misma y podrá asignar tareas acordes a las categorías laborales de los trabajadores o en su defecto dispondrá que colaboren en la reposición de las medidas de seguridad observadas por la IGTSS bajo adecuada vigilancia de técnico idóneo a fin de evitar nuevos riesgos. El personal afectado a la clausura corresponde a tres trabajadores".

 

Fotografía: Dolores Digital



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