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La creación de las categorías General, Cocina y Cuidados fue establecida en el acuerdo alcanzado el 5 de diciembre de 2025 entre representantes del Poder Ejecutivo, del sector empleador y del sector trabajador, en el marco de la undécima ronda de los Consejos de Salarios. Las cláusulas 6 y 7 del convenio dispusieron que el nuevo sistema de clasificación comenzara a aplicarse a partir del 1.º de julio de 2026, luego de un período de adecuación destinado a facilitar su implementación.
La nueva estructura busca reflejar de manera más precisa las distintas tareas que se desarrollan en el sector y reconocer las particularidades de funciones que hasta ahora se encontraban comprendidas dentro de una única categoría.
La categoría General comprende las tareas habituales de limpieza, mantenimiento del hogar, lavado, planchado, realización de mandados, atención de espacios comunes o exteriores, cuidado de mascotas y otras actividades asociadas a la organización doméstica. También incluye aquellas situaciones en las que las tareas de cocina o cuidados son complementarias y no constituyen la actividad principal de la jornada laboral.
La categoría Cocina abarca a quienes realizan de forma principal y habitual la preparación de alimentos para el hogar, incluyendo la elaboración de comidas, la manipulación de ingredientes y la planificación de menús.
Por su parte, la categoría Cuidados comprende a las trabajadoras y los trabajadores cuya tarea principal consiste en el cuidado directo y habitual de niñas, niños, adolescentes, personas mayores o personas con distintos grados de dependencia.
Asimismo, el acuerdo estableció salarios mínimos de referencia para las nuevas categorías. Al 30 de junio de 2026, el salario mínimo correspondiente a la categoría Cocina será de $ 32.875, mientras que para la categoría Cuidados ascenderá a $ 33.935.
La implementación de las nuevas categorías no tendrá efectos retroactivos ni generará reclamaciones por períodos anteriores. Además, el convenio fijó los ajustes salariales para el período comprendido entre el 1.º de julio de 2025 y el 30 de junio de 2027, así como los mecanismos de correctivo previstos para la actividad.
La creación de estas categorías constituye un nuevo avance en el proceso de profesionalización y reconocimiento del trabajo doméstico, que adecúa la clasificación laboral a las diferentes responsabilidades y tareas que se desempeñan en el sector.
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