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En sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de 4º Turno de Mercedes, a cargo de su titular la Jueza Dra. Beatriz Giordano, se llevó a cabo audiencia solicitada por la Fiscalía Departamental de Mercedes de 2º Turno, a cargo de su titular Dra. Luisa Vago en la investigación que le llevaba adelante la Brigada Departamental Antidrogas a Wiston Wilmar Brazuna Castro y Thaily Menéndez Cabrera por delitos vinculados con negociación de estupefacientes, entre otros, luego de hecho ocurrido en la noche del martes 26, cuando en una persecución, se arrojaran dos paquetes con estupefacientes en la zona de 18 de Julio y la cañada de los Hornos y posteriormente se detuvo por parte de personal policial al vehículo desde el cual se habían lanzado los mismos, en la zona de Máximo Pérez y Ruta 21.
Allí surge la detención de una pareja, ambos con antecedentes penales vinculados también a hechos relacionados con estupefacientes, tanto él como ella, son conocidos por esta temática en Dolores de donde son oriundos y pudo saberse que se encontraban en Mercedes distribuyendo estupefacientes en diferentes bocas de la capital sorianense.
En esa ocasión además de la droga incautada, también se le halló consigo un arma, por lo que quedaron detenidos a disposición de la Fiscalía.
La Fiscalía con los imputados debidamente asistidos arribó a un acuerdo para transitar el proceso abreviado, por lo que una vez formalizada la investigación, aceptados los hechos en forma libre y voluntaria, teniendo presente las evidencias reunidas, y corroborado que se cumplían todos los requisitos que establece la ley, la Dra. Giordano procedió a dictar sentencia, dando lectura a la parte medular del fallo, donde se condena a Wiston Wilmar Brazuna Castro como autor penalmente responsable de un delito de negociación de sustancia estupefaciente agravado de acuerdo al artículo 31 de decreto ley 14.294 en redacción dada por la ley 19.889, en régimen de reiteración real con un delito de tenencia de arma de fuego y munciiones no autorizada en concurso formal con un delito de porte de arma de fuego por reincidente y un delito de porte de arma de fuego en lugar público a la pena de 5 años de penitenciaría y condenando a Thaily Menéndez Cabrera como autora penalmente responsable de un delito de negociación de sustancia estupefaciente agravado de acuerdo al artículo 31 del decreto ley 14.294 en redacción dada por la ley 19.889 a la pena de 4 años de penitenciaría, en ambos casos de cumplimiento efectivo.
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