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10 de December del 2013 a las 11:26 -
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Más tierras para viviendas
Cooperativas  COVIMER y COVIOMCAR tendrán su predio para construir los  complejos habitacionales.
Cooperativas COVIMER y COVIOMCAR tendrán su predio para construir los complejos habitacionales.

La Junta Departamnetal aprobó por unanimidad de los 28 ediles presentes en sala, la anuencia  a la Intendencia de Soriano  para suscribir contrato de comodato con FUCVAM respecto del padrón No. 11102 de Mercedes, con destino a COVIMER y del padrón No. 1867 de Cardona.

Los informes

El  informe de Comisión dice: Señora Presidenta: 

Reunida la Comisión de Legislación y Peticiones, con la asistencia de los señores Ediles Luis Rico, Raúl Bruno, Uruguay Graña, Aníbal Méndez,  Boris Yoffre y Juan Rey  resuelve: 

VISTO: la solicitud de anuencia para suscribir contrato de comodato con FUCVAM respecto del padrón No. 11102 de Mercedes, con destino a COVIMER.

CONSIDERANDO   I) Que por oficio 201/2013, la Intendencia de Soriano ofreció a FUCVAM, el padrón 11102 de la localidad  catastral de Mercedes en el marco del convenio suscrito entre ambas Instituciones el 18/11/2008; 

II) Que FUCVAM  asiente la aceptación del terreno en cuestión ubicado en calle Flores esquina 18 de Julio, por notas del 21 y 24 de octubre y del 14 de noviembre de 2013, así como las condiciones establecidas por la Intendencia; 

III) Que el número mínimo de viviendas a edificarse en el predio deberán ser 20, siendo en un régimen de dúplex, pudiendo sustituirse hasta un máximo de 2 (dos) que podrán ser en una única planta; 

ATENTO: al Art. 273 de la Constitución y al Art. No. 35 Numeral 10 de la Ley 9515,  se aconseja dar aprobación al siguiente Proyecto de Decreto: 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SORIANO

D E C R E T A:

Art. 1º.) Concédase la anuencia a la Intendencia de Soriano para suscribir comodato con FUCVAM respecto al padrón 11102 de la localidad catastral de Mercedes en el marco y los términos de convenio de fecha 18 de noviembre de 2008 y su modificación de fecha 26 de noviembre de 2011.---------------------------------------------------------------------------------------------

Art. 2º) Comuníquese.------------------------------------------------------------------------------------------

Art. 3°) Dése trámite urgente.---------------------------------------------------------------------------------

COMISION DE LEGISLACION Y PETICIONES, a 3 de diciembre  de 2013.- 

(Firmado): LUIS RICO, RAUL   BRUNO, URUGUAY GRAÑA, BORIS YOFFRE, ANIBAL MENDEZ, JUAN REY.-“ 

 

III

 

INTENDENCIA DE SORIANO solicita anuencia para suscribir contrato de comodato con FUCVAM respecto del padrón No. 1867 de Cardona.- Expediente No. 457.

El informe de Comisión dice: “Señora Presidenta: 

Reunida la Comisión de Legislación y Peticiones, con la asistencia de los señores Ediles Luis Rico, Raúl Bruno, Uruguay Graña, Aníbal Méndez,  Boris Yoffre y Juan Rey  resuelve: 

VISTO: la solicitud de anuencia de la Intendencia de Soriano para suscribir contrato de comodato con FUCVAM  respecto del padrón 1867 de Cardona.

CONSIDERANDO   I) Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 3º.  del Convenio celebrado entre la Intendencia de Soriano y FUCVAM, con fecha 18 de noviembre de 2008, se pueda viabilizar la concreción de soluciones habitaciones para familias del departamento: 

II) Que en cumplimiento a lo acordado, la Intendencia ofrece a FUCVAM por Oficio 217/2013, el predio padrón No. 1867 de la localidad Catastral de Cardona del departamento de Soriano,  siendo aceptado por nota de fecha del 20/11/2013; 

III) Que el número mínimo de viviendas a edificarse en el predio ofrecido, deberán ser de 30 (treinta)  en régimen de dúplex, pudiendo sustituirse hasta un máximo de 3 (tres) que podrán ser en una única planta; 

ATENTO: al Art. 273 de la Constitución y al Art. No. 35 Numeral 10 de la Ley 9515,  se aconseja dar aprobación al siguiente Proyecto de Decreto: 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SORIANO

D E C R E T A:

Art. 1º.) Concédase la anuencia a la Intendencia de Soriano para suscribir comodato con FUCVAM respecto al padrón 1867 de la localidad Catastral de Cardona,  en el marco y los términos de convenio de fecha 18 de noviembre de 2008 y su modificación de fecha 26 de noviembre de 2011.---------------------------------------------------------------------------------------------

Art. 2º) Comuníquese.------------------------------------------------------------------------------------------

Art. 3°) Dése trámite  urgente.---------------------------------------------------------------------------------

COMISION DE LEGISLACION Y PETICIONES, a 3 de diciembre  de 2013.- 

(Firmado): LUIS RICO, RAUL   BRUNO, URUGUAY GRAÑA, BORIS YOFFRE, ANIBAL MENDEZ, JUAN REY.-“ 

 


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