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06 de March del 2026 a las 20:57 -
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Cuando una persona haya cumplido su pena de penitenciaria, es conveniente que sea puesta en libertad en la ciudad de su último domicilio
La Diputada María Fajardo, realizó una exposición en la Cámara de Diputados, donde respaldó un Proyecto de Ley de su autoría, que fuera presentado recientemente, referido al lugar de liberación de personas que hayan cumplido su pena de penitenciaría.
La Diputada María Fajardo, realizó una exposición en la Cámara de Diputados, donde respaldó un Proyecto de Ley de su autoría, que fuera presentado recientemente, referido al lugar de liberación de personas que hayan cumplido su pena de penitenciaría.

Fajardo, como integrante de la Comisión de Derechos Humanos (desde la pasada Legislatura), presentó el proyecto de Ley poniendo énfasis en la protección de los Derechos Humanos, y sobre todo de la dignidad del liberado. En su intervención en Cámara, en términos generales expresó lo siguiente:

“La realidad en muchas ciudades del interior nos ha llevado a presentar un Proyecto de Ley referido al lugar donde deben ser liberados aquellos ciudadanos que, habiendo cumplido su pena de prisión o penitenciaría, han de ser liberados.

Esos ciudadanos, cuando son liberados en la ciudad donde estuvieron privados de libertad, muchas veces quedan desprotegidos, ya que no tienen una red de apoyo familiar, de amistades ni el Estado tiene las herramientas suficientes para ampararlos en donde dormir, alimentarse y reinsertarse.

Lo medular del Proyecto de Ley,  que espero tenga el consenso de todos los partidos políticos, es que: “Toda persona privada de libertad que recupere la misma, cualquiera será la causa legal de egreso del establecimiento penitenciario, sea puesta en libertad en la ciudad correspondiente a su último domicilio conocido.

Con este proyecto de ley queremos generar una nueva herramienta para que las personas liberadas, luego de cumplir con las penas impuestas por la autoridad judicial, se les haga más fácil la rehabilitación y reinserción social, contando con una red de contención familiar, laboral, de amistades o al menos de un lugar geográfico conocido.

Se constatan situaciones en las que, personas que recuperan su libertad por cumplimiento total de la pena, son liberadas en lugares alejados de su entorno habitual, sin redes de apoyo, sin recursos económicos inmediatos y sin posibilidades reales de acceso a alojamiento, trabajo o contención social. Esta realidad coloca al liberado en una situación de particular vulnerabilidad desde el mismo momento de su egreso del sistema penitenciario, frustrando los objetivos de la rehabilitación y afectando negativamente la seguridad ciudadana…”

 

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