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En el día de hoy voy a retomar el tema del plenario anterior, sobre todo voy a responder con mucho respeto algunas apreciaciones vertidas por el Sr. Intendente en un medio de prensa local respecto al tema concursos, donde se me alude.
Días pasados escuché, a través de un medio local, al Sr. Intendente manifestar que los ascensos no son actos discrecionales para esta administración.
Que la ley es vieja e inaplicable porque han pasado 20 años.
Que la administración no cuenta con la estructura necesaria para llevarla adelante.
Que el gremio y funcionarios en general no manifiestan disconformidad con los métodos utilizados.
En último término da como válido y justo el reclamo.
Respecto a la apreciación de que no es discrecional lo que se aplica:
¿Cómo se le podría denominar de manera contraria, cuando las asimilaciones de grado dependen unilateralmente de la voluntad del Ejecutivo de turno? Entendámonos, Sr. Presidente, no hay ninguna evidencia empírica más que la discrecionalidad del Ejecutivo para que esto acontezca.
¿Cómo se podría llamar de otra manera, cuando no existe una sana competencia, como lo son los concursos de oposición y mérito para la promoción de grado o ascenso en la carrera funcional?
La administración, ¿cómo puede arrogarse el derecho a asignar un ascenso per se a un funcionario X, ignorando tal vez a un padre o a una madre, los cuales en muchos casos pueden tener el legítimo derecho al ascenso? Un proceso justo permitiría mejorar emocional y económicamente, pudiendo —por qué no— soñar con un proyecto de vida a través de la actividad laboral, el cual, al ser logrado por concurso, le brindará certezas y sobre todo garantías, ya que su ascenso no depende de la voluntad del Ejecutivo de turno, sino de su esfuerzo y capacidades para su obtención.
Sr. Presidente, quien habla fue con mucho orgullo funcionario municipal durante 23 años. Sé perfectamente cómo se gestionan las asimilaciones de grado y a qué condiciones muchas veces el funcionario está expuesto. Sé también de la precariedad de la misma, por ser el funcionario titular eventual del cargo y no dueño permanente del mismo.
Que la ley es vieja.
Sr. Presidente, la ley fue “vieja” para esta administración desde el mismo día que se promulgó: jamás la cumplió. No podemos esgrimir que hoy no se aplica por vieja. No se tiene la voluntad de hacerlo y punto. Olvida el Sr. Intendente que las leyes y decretos están para cumplirse.
La comisión creada para la confección del Estatuto era más que representativa. La misma estaba integrada por un edil de cada partido político, dos representantes del Ejecutivo (Director de Jurídica y Director de Administración) y quien le habla como representante de ADEOMS. Invertimos días de trabajo en su redacción.
Se trabajó y se negoció muchísimo por parte de quienes integramos esa comisión para su redacción final. Hubo horas y días de negociación, en las cuales muchas veces se llegaba a acuerdos unánimes y en otras primaron las mayorías.
También se dice por parte del Sr. Intendente que no hay estructura para cumplir con la ley.
Tiene que generarlas si no las hay, Sr. Presidente. No es esto óbice para incumplir con la ley, menos aún cuando se está invirtiendo en transparencia y en calidad de gestión, porque sin dudas que en sus lugares estarán los que se esfuercen y se preparen, por ende los mejores.
Que el gremio y los funcionarios en general no hacen reclamos al respecto.
Sr. Presidente, las leyes no se cumplen o dejan de cumplirse a instancias de la opinión de los actores que se regulan a través de su objeto. Directamente se cumplen, y si no sirven, el Intendente puede enviar un mensaje a este cuerpo para cambiarla de manera legítima. Mientras tanto, cumpla con la vigente.
Imagínese, Sr. Presidente, que el Gobierno Nacional pretenda desconocer la Ley 18.719, creada en 2010, la cual establece que el 3,33% del Presupuesto Nacional debe ser vertido porcentualmente a los gobiernos departamentales para el desarrollo de sus obligaciones. Si el Gobierno Nacional de turno decidiera aplicarlo acorde a su percepción, sería inconstitucional para empezar, más allá de una injusticia, reclamos y denuncias que inundarían el Parlamento Nacional entre otras instituciones. Bueno, esto es lo mismo, por tener rango de ley departamental, para la cual rigen las mismas obligaciones.
Las leyes, Sr. Presidente, son la piedra angular de un Estado de derecho de una República. No se puede concebir una República sin el cumplimiento de sus obligaciones jurídicas.
Para ir cerrando quiero hacer una reflexión en voz alta. No equivoquemos los caminos: los votos legitiman a las personas para ejercer los cargos para los que fueron electos, pero los votos no legitiman en absoluto que se puedan desconocer las leyes y menos aún incumplir con ellas.
Solicito que mis palabras se hagan llegar a Presidencia de la República, al Senado de la República, a la Cámara de Representantes, al Congreso Nacional de Intendentes, a la Federación Nacional de Municipales, a la comisión de legislación de la Junta y al Sr. Intendente.
Dicho esto, Sr. Presidente, y en virtud de ser este el ámbito por excelencia para ello, voy a solicitar el apoyo de este cuerpo mediante el voto, a efectos de exigir al Ejecutivo Departamental cumplir con lo dispuesto en la ley.
A los lectores de @gesor que realizan comentarios, en particular a quienes ingresan en la condición de incógnito, no se molesten en hacer comentarios ya no son publicados debido a que no dejan registro de IP ante eventual denuncia de alguna persona que se sienta dañada por ellos.
Igualmente reiteramos lo que hemos escrito en anteriores oportunidades, que pueden referirse con la dureza que se entienda pertinente pero siempre dentro del respeto general y no discriminando ni agraviando, o con expresiones que de alguna manera inciten a la violencia. Los comentarios son una herramienta maravillosa que debemos preservar entre todos.
































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