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20 de November del 2025 a las 21:04 -
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Primer paso histórico de Bella Vista de Dolores: Firmó comodato con Primaria para el terreno de du futuro campo de juego
Estará ubicado en parte del predio que ocupa también la Escuela 15 de Tiempo Completo, delimitándose parte del mismo, con entrada independiente, trasladando la alegría del barrio Sur al Tomás Gómez
Estará ubicado en parte del predio que ocupa también la Escuela 15 de Tiempo Completo, delimitándose parte del mismo, con entrada independiente, trasladando la alegría del barrio Sur al Tomás Gómez

En el despacho de la Inspectora Departamental de Primaria de Soriano, Mtra. Silvina Vignolo, con la presencia de la Inspectora Encargada de Despacho, Yadira Armand Pilón, el Inspector de la Escuela Nº 15 de Dolores Mtro. Gabriel Escobal y la Administrativa Mariela González quien dio lectura al acta y al comodato que se firmó entre la Dirección General de Educación Inicial y Primaria y el Club Atlético Bella Vista de Dolores, que estuvo representado por Adrián Fernández, Presidente, acompañado por la Tesorera de la institución Tatiana Cícere y el Secretario del Club, Omar Ramírez, junto al coordinador general Ricardo Lozano.

El Club Bella Vista de Dolores realizó solicitud sobre parte del predio que ocupa la Escuela Nº 15 de Tiempo Completo de Dolores, a los efectos de firmar un comodato de ello.
Como el Arquitecto Residente informó que no existen impedimentos, debiéndose delimitar el área solicitada y tener acceso independiente, no usándose en horario escolar o limitándose su uso.
La Comisión de Fomento aceptó la propuesta con una serie de condiciones.
La Inspección Técnica consideró la propuesta como una oportunidad para la institución y la comunidad, siempre que se mantengan las condiciones de cuidado de dicho predio.
El predio es propiedad de la ANEP adquirido en 1950.
Se sugiere por parte de la asesoría notarial que podría accederse a lo solicitado por Bella Vista siempre que se respeten las condiciones establecidas por la Comisión de Fomento, el Arquitecto Residente y la Inspección Departamental de Soriano por lo que la Dirección General de Educación Inicial y Primaria, resolvió autizar la suscripción del comodato  entre dichas partes incorporando las condiciones mencionadas, señala la resolución.

En cuanto al contrato de comodato entre la DGEIP y el Club Atlético Bella Vista de Dolores incluye parte del padrón 6184 cuyo área se señala en el croquis firmado por ambos.
El destino será el de servir al Club Bella Vista de Dolores para el desarrollo de actividades deportivas.
Bella Vista se obliga a mantener el inmueble cedido en buen estado de conservación y limpieza, no darle al inmueble un destino diferentepara el cual fue cedido lo que será causante de rescisión, generar una entrada independiente al local escolar, no interferir con el normal funcionamiento del local escolar, disponer las instalaciones en favor de la escuela cada vez que sean requeridas, delimitar la superficie dada con cerco perimetral, contar con iluminación en el predio dado en comodato, entregarlo libre de ocupantes y no invocar más derechos que los que surgen del documento firmado, permitir el acceso al bien para su inspección y control, el pago de los impuestos municipales que sean de cargo del ocupante como los consumos de energía eléctrica y agua potable que puedan corresponder.
La comodataria podrá efectuar construcciones, modificaciones, reparaciones y/o demoliciones solicitando los permisos municipales correspondientes a los finales de obras, cumplir con la normativa vigente en la materia, abonar las aportaciones correspondientes a BPS y demás que correspondan y acreditar su pago a requerimiento de la DGEIP, las obras quedarán a beneficio de la propiedad sin derecho a reclamar indemnización alguna a la comodante.
Se exonera de toda responsabilidad a la DGEIP por cualquier hecho u omisión de la comodataria. 
El incumplimiento de las obligaciones asumidas por el Club A. Bella Vista de Dolores, hará caducar el comodato, pudiendo la DGEIP requerir la devolución inmediata del inmueble, sin perjuicio de las demás acciones que correspondan.

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