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14 de November del 2025 a las 17:07 -
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Fiscalía no pudo ubicar al detenido por el GRT en el lugar de la rapiña a la quinielera de Fregeiro e Ituzaingó; fue condenado por receptación a 8 meses de prisión
El Area de Investigaciones trabaja para dar con los dos responsables del hecho, el detenido tenía en su poder documentación de la víctima y boletas de quinielas que juntó en la zona de El Ombú
El Area de Investigaciones trabaja para dar con los dos responsables del hecho, el detenido tenía en su poder documentación de la víctima y boletas de quinielas que juntó en la zona de El Ombú

PRIMICIA. En sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Primer Turno de Mercedes a cargo de su titular Jueza Dra. Ximena Menchaca, asistida por la receptora Natalia Turuani, en la tarde de este viernes se llevó a cabo audiencia de formalización y condena por proceso abreviado, en la investigación que le llevaba a cabo la Fiscalía Departamental de Mercedes de Primer Turno representada en la oportunidad por los Fiscales Adscriptos Dra. Ana Pamela Molinari y Dr. Facundo Flores, al indagado Elbio Nazareno Martínez Domínguez de 39 años, quien estuvo asistido por el letrado Dr. Maximiliano Pérez, integrante del equipo de la Defensoría Pública. 
Abierta la audiencia y tras la presentación de las partes, la Jueza Dra. Menchaca, dio la palabra a la Fiscalía, que a través de la Dra. Molinari informó sobre los hechos que se le imputaban a Martínez Domínguez.
Al respecto dijo que en el día jueves 13 de noviembre se produjo rapiña en las calles Clemente Fregeiro e Ituzaingó, cuando dos personas que circulaban en un birrodado, mediante amenazas y con un machete se apoderaron de las pertenencias de la víctima (señora que levanta juego de quinielas en esa zona habitualmente), enumerando todos los elementos que les fueron robados por uno de los delincuentes mediante la fuerza.
A las 17.09 horas ingresó llamado al Servicio 911, dando cuenta de lo sucedido, lo que determinó que en forma inmediata se enviaran móviles al lugar. Personal que realizaba recorrida por la zona de asentamiento El Ombú efectuó control al imputado, encontrando que llevaba dentro de sus prendas una boleta de juego con el nombre de la víctima, una tarjeta de su propiedad, en el lugar también se encontró la cédula de identidad de la víctima.
El imputado posee antecedentes penales, el último ejecutoriado en 2023, por lo que solicitó que se formalizara la investigación por un delito de receptación.
A ello no se opuso la Defensa ya que tuvo acceso completo a la carpeta investigativa que contiene la barración precisa de los hechos y le explico a su defendido los hechos por los cuales era investigado, lo cual comprendido, por lo que la Dra. Menchaca procedió a la formalización de la investigación por un delito de receptación en calidad de autor.
Fiscalía posteriormente procedió a duducir acusación señalando que el imputado aceptó transitar la vía del proceso abreviado, haciéndolo en forma libre y voluntaria ante su Defensa, solicitando una pena de 8 meses prisión de cumplimiento efectivo.
La Defensa reiteró que había tenido acceso pleno a la carpeta investigativa, le explicó el alcance de este proceso abreviado que debe reconocer la totalidad de los hechos y la otra vía del juicio oral y público para probar su inocencia que es más largo, ofrece mayores garantías, pero más incertidumbre en cuanto a la pena que pudiere ser más gravosa. En este caso se acordó una pena de 8 meses de prisión, con descuento por estudio o trabajo a razón de 1 día menos de prisión cada 2 de estudio o trabajo.
El imputado dijo que había mantenido entrevista con el abogado, se mostró interesado en que quedara claro el descuento de días por estudio y trabajo, tras lo cual la Dra. Menchaca procedió a dictar sentencia, dando lectura a la parte medular del fallo, condenando a Elbio Nazareno Martínez Domínguez de 39 años, como autor penalmente responsable de un delito de receptación, a la pena de 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo.  El último antecedente era del 03/08/2023 por un delito previsto en el art. 31 del decreto ley 14294 en la modalidad de negociación y transporte de sustancias estupefacientes prohibidas agravado por las circunstancias previstas en el art. 36 numeral 6 del referido decreto, en reiteración real con un delito de receptación en calidad de autor.

NR: De acuerdo a lo videos y a otras evidencias reunidas, además de la propia declaración del involucrado ante su abogado, la Fiscalía no logró ubicar a Martínez Domínguez en el lugar de la rapiña, sino que él señala que el GRT lo detiene cuando está saliendo del lugar con parte de las pertenencias que tenía encima y que eran de la víctima, pero que él no participó del hecho, por lo cual ahora el Area de Investigaciones está abocado a identificar y detener a los dos autores de la rapiña que instantes antes que llegara el GRT huyeron de la zona de El Ombú.
   



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