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La Comisión de Ética y Conducta Política del Partido Colorado envió a la Convención Nacional de dicha colectividad informe sobre la resolución adoptada en torno a denuncia remitida por el Comité Ejecutivo Nacional, recibida del Comité Ejecutivo Departamental de Soriano presentada por Néstor Causa contra Freddy Planchón.
A continuación brindamos el informe completo de la Comisión de Ética y Conducta Política que resultó aprobado por la Convención Nacional del Partido Colorado, mediante el cual se apercibe al dirigente sorianense Freddy Planchón.
A su vez brindamos en esta nota también, nota de Freddy Planchón dando a conocer su versión sobre el tema.
COMISIÓN DE ÉTICA Y CONDUCTA POLÍTICA
Al Comité Ejecutivo Nacional:
CUESTIONES PREVIAS
Con fecha 18 de agosto de 2025, esta Comisión de Ética y Conducta Política recibió, remitida por el Comité Ejecutivo Nacional, la denuncia elevada por el Comité Ejecutivo Departamental de Soriano, presentada por el Sr. Néstor Causa Ronqui —quien fuera candidato a Intendente en las elecciones departamentales del 11 de mayo de 2025— junto a varios titulares de listas que integraron el sublema Somos Soriano, contra el afiliado Freddy Planchón Besson.
La denuncia expone, en lo sustancial, que el Sr. Freddy Planchón Besson habría incurrido en conductas irregulares vinculadas a la logística de la elección departamental.
Consistentes en haberse ofrecido a coordinar las tareas ante la Junta Electoral de Soriano para la presentación de los sobres con las hojas de votación correspondientes a todas las listas del sublema, pero habiendo presentado, en los hechos, sobres completos únicamente para las listas que encabezaba; omitiendo por tanto, hacerlo respecto de las restantes y sin comunicar dicha situación a los demás referentes, lo que habría generado una afectación en la equidad del proceso electoral interno.
Recibida la denuncia, con la misma fecha (18 de agosto de 2025) esta Comisión resolvió conferir vista al denunciado por el plazo de diez días hábiles, quien evacuó sus descargos en tiempo y forma con fecha 10 de setiembre de 2025.
Cumplidas las instancias procedimentales y garantizados los principios del debido proceso y derecho de defensa, la Comisión procedió a analizar los antecedentes y resolver en sesión de fecha 20 de setiembre de 2025.
LEGITIMACIÓN
Tanto el denunciante como el denunciado revisten la calidad de afiliados al Partido Colorado, por lo que, en aplicación de los artículos 10 y 135 de la Carta Orgánica, poseen plena legitimación activa y pasiva para intervenir en el procedimiento ante esta Comisión. Por tanto, la denuncia es procesable.
MARCO NORMATIVO APLICABLE
El artículo 134 de la Carta Orgánica dispone: “Los afiliados y adherentes del Partido Colorado tienen el deber de observar la conducta cívica y cumplir el Código de Ética y Conducta Política que contribuya a prestigiarlo, respetando en la acción política su Programa de Principios”.
Asimismo, el artículo 10 de la misma establece como conductas censurables, entre otras:
“a) Cuando atente contra el Programa de Principios del Partido.
b) Cuando cometa actos graves de indisciplina.
c) Cuando viole las obligaciones que a todos los miembros del Partido impone la presente Carta Orgánica.
d)Cuando incurra en conductas reñidas con la ética o la moral dentro del Partido, representándolo o en su vida pública”.
El Código de Ética y Conducta Política, por su parte, establece: Art. 1°: Los afiliados al Partido Colorado tienen la obligación de respetar estrictamente y defender los principios consagrados por la Constitución de la República, las leyes, la Carta Orgánica, el Programa de Principios y el presente Código”.
Art. 2°: “Los afiliados deben defender y promover los valores del Partido Colorado, en particular la libertad, la democracia, la igualdad, el pluralismo, la tolerancia y la solidaridad”.
Art. 8°: “Los afiliados deberán respetar y cumplir las resoluciones de la Convención Nacional y del Comité Ejecutivo Nacional”.
Finalmente, el artículo 139 de la Carta Orgánica enumera las sanciones aplicables por faltas éticas o disciplinarias, disponiendo entre ellas el apercibimiento, la suspensión y la expulsión, según la gravedad del caso.
ANÁLISIS DEL CASO
Del estudio de las actuaciones surge acreditado que, en el marco de la coordinación electoral del sublema Somos Soriano, el Sr. Freddy Planchón Besson asumió tareas de organización y presentación de listas ante la Junta Electoral de Soriano.
Los denunciantes sostienen que el denunciado actuó en forma unilateral al presentar los sobres con hojas de votación, privilegiando las listas de su propio sector y omitiendo informar de esa situación a los demás integrantes del sublema, generando un perjuicio electoral para éstos.
El denunciado, por su parte, niega haber ofrecido coordinar en representación general del sublema, afirmando que sólo desempeñó las tareas que ya venía cumpliendo dentro del sector Paso a Paso, junto al Ing. Jorge Marroig. Explica que los problemas de cobertura de circuitos se debieron a retrasos logísticos, limitaciones de recursos humanos y demoras en la impresión de hojas, sin intención de obtener ventajas indebidas.
Del análisis comparativo de las posiciones y de la documentación aportada, esta Comisión entiende que la actuación del afiliado revela un apartamiento de las pautas de coordinación y comunicación esperables, especialmente tratándose de tareas que implican la representación y confianza entre agrupaciones que actuaban bajo un mismo sublema.
La omisión de informar a tiempo sobre las dificultades operativas o de asegurar mecanismos de transparencia mínima en la distribución de hojas constituye una conducta inadecuada desde la óptica ética, en tanto vulnera los deberes de lealtad, cooperación y buena fe que deben regir entre los afiliados de una misma colectividad.
CONCLUSIÓN
En mérito a las consideraciones precedentes, la Comisión de Ética y Conducta Política del Partido Colorado
RESUELVE:
1. Sancionar al afiliado FREDDY PLANCHÓN BESSON con APERCIBIMIENTO, conforme al artículo 139 literal A de la Carta Orgánica.
Federico MAZZUCHELLI. Claudio GONZÁLEZ. Eduardo LOEDEL. Beatriz BUGALLO.
El informe fue aprobado por la Convención Nacional del Partido Colorado realizado en la tarde de este sábado, cobrando vigencia.
LA VERSIÓN DEL DIRIGENTE FREDDY PLANCHÓN: https://www.agesor.com/noticia.php?id=81065
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