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El presidente de la República firmó el decreto creando el Sistema del Permiso Nacional de Conducir por Puntos de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 de la Ley n.º 19.824. Esta iniciativa largamente discutida y que unifica criterios de control del tránsito vehicular.
El sistema “se implementará en su totalidad en un plazo máximo de 24 meses” establece el decreto presidencial.
Algunas características
?Objetivo: Crear y reglamentar el Sistema del Permiso Nacional de Conducir por Puntos, asociado al Permiso Único Nacional de Conducir (PUNC), gestionado por los Gobiernos Departamentales.
Funcionamiento del sistema: Todo conductor comienza con un saldo de puntos (8 o 12 según condiciones).
Los puntos se pierden por infracciones y se pueden recuperar por tiempo sin infracciones o mediante cursos.
El puntaje máximo es de 15 puntos.
Infracciones gravísimas (quitan todos o varios puntos): Conducir bajo efectos de alcohol o drogas.
Negarse a pruebas de control.
Participar en competencias vehiculares no autorizadas.
Usar celular al conducir.
Exceso de velocidad grave.
No usar cinturón o casco.
Transportar menores sin sistema de retención adecuado.
Recuperación de puntos: Automática tras 2 años sin infracciones.
Mediante cursos voluntarios u obligatorios, según el saldo.
Programa de Recuperación de Puntos (PRP): Diseñado para mejorar conductas viales, con modalidad presencial o virtual. Coordinado entre UNASEV y el Congreso de Intendentes.
Comisión de Seguimiento: Integrada por representantes de UNASEV y del Congreso de Intendentes. Supervisará el sistema, propondrá ajustes y definirá contenidos del PRP.
?Identificación del infractor: Si no se identifica al conductor, se notifica al titular del vehículo, quien debe declarar quién conducía. Si no lo hace, se le aplican las sanciones.
Plazo de implementación: El sistema se pondrá en marcha en un máximo de 24 meses desde la aprobación del decreto.
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