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Ahora un nuevo colectivo de personas tiene derecho a recibir aseoramiento en BPS y elegir entre el Régimen Mixto (BPS-AFAP) y el Régimen de Transición.
¿Quiénes pueden hacerlo?
Las personas que al 1/4/2016 tenían 50 años de edad o más, quedaron comprendidas obligatoriamente en el Régimen Mixto y no registraron aportes a una AFAP hasta el 1 de abril de 2016.
Para consultar si estás comprendido ingresá aquí https://www.bps.gub.uy/20753/
Equipo de Representación de las y los Trabajadores en el BPS
A los lectores de @gesor que realizan comentarios, en particular a quienes ingresan en la condición de incógnito, no se molesten en hacer comentarios ya no son publicados debido a que no dejan registro de IP ante eventual denuncia de alguna persona que se sienta dañada por ellos.
Igualmente reiteramos lo que hemos escrito en anteriores oportunidades, que pueden referirse con la dureza que se entienda pertinente pero siempre dentro del respeto general y no discriminando ni agraviando, o con expresiones que de alguna manera inciten a la violencia. Los comentarios son una herramienta maravillosa que debemos preservar entre todos.