agesor
. . . . .

Municipio de Dolores
Actividades del Diputado Martín Melazzi
Centro Profesionales Mercedes
coopace
edil José Lavista - Partido Nacional
Diputada María Fajardo
Edil Raúl Morossini
Edil Luciano Andriolo Guyman
Proyecto memoria
andres centurion edil partido colorado
Bancada del Frente Amplio
Israel Acuña - Edil del Partido Nacional
kechu fletes
@gesor es de acceso completamente gratuito para nuestros lectores, pero si quieres apoyar nuestro trabajo con un donativo, te damos dos opciones, la primera de un único pago de U$S2 (dolares americanos dos) o la segunda con una suscripción de U$S1 (dolares americanos uno) por mes, la que puedes realizar en pagos mensuales o un pago anual.

El equipo de @gesor agradece desde ya vuestro aporte, el que nos permitirá seguir creciendo y brindando cada vez más contenido.
Pago
Opciones de suscripción
Si quieres colaborar con un monto distinto, por favor contacta con info@agesor.com.uy indicando el monto con el que quieres colaborar y te haremos llegar el formulario de pago.
MonedaCompraVenta
38.05 41.05
0.05 0.35
7.23 9.23
40.54 45.39
El Observador El Pais La Juventud La Diaria La Republica El Telegrafo
.
Síguenos Síguenos Canal Instagram
10 de November del 2022 a las 21:22 -
Tweet about this on Twitter Share on Facebook Share on LinkedIn Pin on Pinterest Email this to someone
Diputados aprobó el proyecto de ley que habilita la faena de animales de granja
El Diputado, en ejercicio, Javier Utermark acompaño con su voto el citado Proyecto
El Diputado, en ejercicio, Javier Utermark acompaño con su voto el citado Proyecto

Tal cual se adelantara, en la última Sesión de Cámara de Diputados, se aprobó el Proyecto de Ley que habilita la faena de animales de granja nacidos y criados en el predio de productores familiares.

El Diputado, en ejercicio, Javier Utermark acompaño con su voto el citado Proyecto donde se establece lo siguiente:

“Habilítase la faena artesanal predial y posterior traslado de sus productos, de los animales nacidos y criados en el predio, como ser: cerdos, ovinos, aves.

 

Artículo 1º.-Habilítase la faena artesanal predial y posterior traslado de sus productos, de los animales nacidos y criados en el predio, como ser: cerdos, ovinos, aves y conejos, a aquellos productores familiares que se encuentren registrados en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.  Facúltase a dicho Ministerio a autorizar la faena de otras especies que se entienda pertinente habilitar.

 Artículo 2º.- Los productores familiares deberán encontrarse inscriptos en el Registro de Productor Familiar de la Dirección General de Desarrollo Rural.

 Artículo 3º.- Las cantidades y/o cuotas habilitadas de faena para cada predio serán autorizadas por la Unidad Ejecutora 007 de la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, conforme a la última declaración jurada.  

Artículo 4º.- El productor familiar habilitado deberá contar con el registro ante

DICOSE y deberá dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley N° 18.471, de 27 de marzo de 2009, referida al “Bienestar Animal” a los efectos de ser habilitado para la realización de la faena de los animales, teniendo en cuenta esta modalidad.

 Artículo 5º.- El traslado de los animales faenados, deberá estar acompañado de la correspondiente constancia, que justifique el origen de los animales, en la forma y condiciones que establezca la reglamentación de la ley.

 Artículo 6º.- El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca procederá a reglamentar la presente ley en un plazo de 30 días a partir de su promulgación, y definirá los requisitos de inocuidad necesarios.



(1079)

A los lectores de @gesor que realizan comentarios, en particular a quienes ingresan en la condición de incógnito, no se molesten en hacer comentarios ya no son publicados debido a que no dejan registro de IP ante eventual denuncia de alguna persona que se sienta dañada por ellos.
Igualmente reiteramos lo que hemos escrito en anteriores oportunidades, que pueden referirse con la dureza que se entienda pertinente pero siempre dentro del respeto general y no discriminando ni agraviando, o con expresiones que de alguna manera inciten a la violencia. Los comentarios son una herramienta maravillosa que debemos preservar entre todos.

Quiere comentar esta noticia?

* Campos obligatorios
* Nombre:
* Correo Electrónico:
* Comentario:
* Caracteres

AGESOR - Soriano - Uruguay // (todos los derechos reservados )

powered by: Daniel Castro 2024
WordPress Appliance - Powered by TurnKey Linux