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28 de October del 2022 a las 11:30 -
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Funcionario policial condenado por abuso de autoridad contra detenido, deberá cumplir 6 meses de prisión en régimen de libertad a prueba
La víctima es quien fue condenado con cárcel por lesiones tras reyerta en El Patio y la prueba fundamental fue la cámara de un policía del GRT que grabó el procedimiento, cuando es golpeado estando esposado
La víctima es quien fue condenado con cárcel por lesiones tras reyerta en El Patio y la prueba fundamental fue la cámara de un policía del GRT que grabó el procedimiento, cuando es golpeado estando esposado

En sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de 4º Turno, a cargo del Juez Subrogante Dr. Nelson Rosa Rodríguez, asistido por el receptor Alvaro González, se llevó a cabo audiencia de formalización y condena por proceso abreviado en la investigación que le llevaba adelante la Fiscalía Departamental de Primer Turno de Mercedes representada en la oportunidad por el Fiscal Adscripto Dr. Federico Martínez, al funcionario policial Enrique Gonzalo Techera Rodríguez, como presunto autor de un delito de abuso de autoridad contra los detenidos, quien estuvo asistido letradamente por el Dr. Luis Enrique Soumastre
Abierta la audiencia, el Juez Dr. Rosa, tras solicitarle los datos filiatorios al indagado, dio la palabra a la Fiscalía y el Dr. Martínez procedió a dar lectura a los hechos que se investigaban.
El 14 de agosto a las 5.30 horas se produjo refriega en el local El Patio sito en de Castro y Careaga casi Colón a resultas de la cual el indagado Nelson Enrique Esquivel Maneiro, sucesivamente agredió a golpes a Carlos David Cano García y Josué Ezequiel Cano García, quienes respondieron a las agresiones a golpes, sumándose los demás partícipes, donde se enfrentaron por una parte, Carlos David Cano García, Josué Ezequiel Cano García y el primo de ambos Luis Omar Cano Salazar, contra Ramiro Leonel Tarragona Magallanes, Marcos Roberto Muñoz Almanza y Nelson Enrique Esquivel Maneiro, agrediéndose recíprocamente los integrantes de ambos bandos con golpes de puños y sillazos.
Los responsables del lugar llaman a la Policía ya que no se podía controlar la reyerta, acuden al lugar dos móviles policiales con personal de URPS y GRT, la dotación del GRT concurre en el movil SMI 4416 con el chofer y dos funcionarios más y también arribó el movil SMI 4026 con dos funcionarios policiales.
Allí dispersan a un grupo de 20 personas, identifican como víctima a Josué Ezequiel Cano García a quien trasladan a la Seccional 1ª para tomarle declaración y a Nelson Esquivel Maneiro como presunto agresor para ser trasladado al Hospital para reconocimiento médico y posterior traslado a la seccional para aclarar la situación.
Esquivel es trasladado en el movil SMI 4416 sobre el cual se le aplican medidas de seguridad, después del reconocimiento médico del conducido, arribó a la Seccional 1ª, a las 6.20 horas y hace entrega de Esquivel al Cabo Enrique Gonzalo Techera Rodríguez, encargado de turno.
Techera conduce del brazo a Esquivel al celdario, siendo custodiado por dos de los funcionarios policiales que venían en el movil, uno de ellos con cámara corporal con la que registró todo el procedimiento. 
En esa oportunidad, Esquivel que iba esposado con las manos atrás, fue golpeado por Techera en la cabeza con el puño, al menos en dos veces  y con una patada en el trasero al ingresarlo en la celda.
Uno de los funcionarios da cuenta a su superior y ésta al suyo.
En base a ello la Fiscalía solicitó la formalización de la investigación contra Enrique Gonzalo Techera Rodríguez como presunto autor de un delito de autoridad contra los detenidos.

LA ARGUMENTACIÓN DE LA DEFENSA
El Juez Dr. Rosa consulta a la Defensa si tuvo acceso a la carpeta investigativa a lo que el Dr. Soumastre contesta que sí y posteriormente el Magistrado da traslado del pedido de formalización.
Al respecto, el Dr. Soumastre expresó que sin perjuicio del eventual acuerdo que podía lograrse con el Fiscal, hizo notar las circunstancias en que se produjeron los hechos que dan mérito a esta requisitoria, son excepcionales.
En la madrugada del 13 para el 14 de agosto, "se produjo a dos cuadras de la Seccional 1ª donde estaba trabajando Techera, una reyerta de proporciones descomunales en un local bailable, interviniendo la presunta víctima y esas otras personas, Cano, de ribetes descomunales, porque hace tiempo que no se había visto. están publicados los videos en la prensa digital, hay varios videos. Eso causó un trastorno a las dependencias policiales actuantes, que ellos están permanentemente escuchando por los móviles de la radio, los incidentes y las reacciones que ellos tienen que tomar. Estaba Techera solo en la Seccional 1ª, es así como dice el Fiscal, cuando conducen a Esquivel después de traerlo del Hospital, el GRT que era el que lo conducía, sin sacarle las esposas lo llevan hasta el celdario, y es allí donde este hombre Esquivel se resiste y Techera no le aplica golpes de puño, seguramente lo fuerza sí de manera brusca, ahí se producen los hechos, pero Techera en ningún momento... No lo lastimó, no tiene ninguna lesión, ni contusión, no tiene absolutamente nada. Acto seguido, porque queda solo Techera con el detenido en la propia seccional, lo saca, le toma la declaración y no hubo ningún problema. O sea que si bien Techera en primer término aplicó las medidas de fuerza para contener al detenido como lo habilita la ley, cuando logró el objetivo, enseguida cesaron las medidas de fuerza.
Sin perjuicio de lo cual, Techera es un funcionario de carrera de policía, que nunca ha tenido ningún hecho similar, ni ninguna otra sanción, obviamente que nosotros no estamos dispuestos a seguir dilucidando esto en un juicio, pero queremos dejar sentado, nuestra postura que los hechos no fueron de una gravedad tal, para evitar eventualidades, sobre todo desde el punto de vista funcional".
El Juez Dr. Rosa le indicó que tenía presentes las observaciones, pero le preguntó si se oponía o no a la formalización, a lo cual el Dr. Soumastre, dijo "no, no".
Tras ello el Dr. Rosa admitió la formalización de la investigación de los hechos relatados por el Ministerio Público con sujeción al proceso de Enrique Gonzalo Techera Rodríguez, bajo la imputación de un delito de abuso de autoridad contra los detenidos en calidad de autor.

LA ACUSACION Y LA VIA DEL PROCESO ABREVIADO; LA SENTENCIA
En base a lo que pudieron dialogar previo a la audiencia el Fiscal y la Defensa, (hacemos la precisión que el Dr. Soumastre recién lo representó en esta audiencia, anteriormente fueron otros los profesionales que lo asistieron y una abogada había acordado el día previo ir por el proceso abreviado) el Dr. Soumastre mantuvo el acuerdo por proceso abreviado que venía del día anterior y en conocimiento de su cliente, aunque no firmado hasta allí.
Seguidamente la Fiscalía pasó a deducir acusación en base a los hechos anteriormente relatados, encuadrándolos en un delito de abuso de autoridad contra los detenidos art. 286 del Código Penal, en calidad de autor art. 60 del CP, por lo cual solicitó se condene a Techera Rodríguez por el mencionado delito, a la pena de 6 meses de prisión en régimen de libertad a prueba debiendo cumplir con las siguientes condiciones: obligación de residir en un lugar determinado donde sea posible la supervisión de la OSLA, la sujeción a la orientación y vigilancia permanente de la referida oficina, obligación de presentación una vez por semana a la seccional policial correspondiente al domicilio fijado, prohibición de acercamiento, comunicación o contacto por cualquier medio con la víctima por todo el plazo de la condena y la prestación de servicios comunitarios durante 2 meses 3 horas por semana. 
El Juez Dr. Rosa dio traslado a la Defensa que se allanó al pedido Fiscal, y luego consultó al imputado sobre si se le explicó qué significaba llegar a este acuerdo o ir a un juicio oral y público, a lo que respondió que sí, y si aceptaba libre y voluntariamente este acuerdo, también señaló que si.
Finalmente tras revisar que se cumplieran con los requisitos de los arts. 272 y 273 del CPP, el Dr. Rosa emitió la sentencia, condenando a Enrique Gonzalo Techera Rodríguez, como autor penalmente responsable de un delito de abuso de autoridad contra los detenidos a la pena de 6 meses de prisión a cumplirse en régimen de libertad a prueba, con las condiciones antes mencionadas.

INFORMACION POLICIAL: En relación a denuncia presentada en Fiscalía Departamental por masculino mayor de edad por agresión física durante incidente ocurrido en local nocturno sito en calle De Castro y Careaga casi Colón de Mercedes, en la que manifiesta haber sido golpeado por dos masculinos mayores de edad, como así por parte de un funcionario policial (informado en Ccdo N.º 217/2022 de fecha 16/08/2022).  
Este jueves en Juzgado Letrado de Mercedes de Cuarto Turno se decreta formalización y condena por proceso abreviado respecto al funcionario policial perteneciente a ésta Jefatura G. E. T. R.  de 51 años, en calidad de autor penalmente responsable de la comisión de “un delito de abuso a la autoridad contra los detenidos” a la pena de 6 meses de prisión a cumplirse en régimen de libertad a prueba. 


 



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