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21 de July del 2012 a las 13:16 -
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Nuevo flechado y calles preferidas
A partir de este 30 de julio, regirá el nuevo flechado de calles y vías preferidas de la ciudad de Mercedes.
A partir de este 30 de julio, regirá el nuevo flechado de calles y vías preferidas de la ciudad de Mercedes.

Ante la necesidad de unificar y actualizar las distintas normas que rigen el flechado de las calles y las vías con preferencia de la ciudad de Mercedes y considerando que a la fecha existen distintas disposiciones que rigen la materia y que se derogarán en razón de la nueva disposición, la Intendencia de Soriano dio a conocer este viernes modificaciones relacionados con las calles y circulación vehicular de la capital departamental. Entre otras, las disposiciones que se derogan son los decretos Nº 914 del 3 de junio de 1981, Nº 752 del 27 de marzo de 1998, artículo 2 del decreto Nº 972 del 6 de diciembre de 2000, Nº 454 del 18 de agosto de 2005, Nº 2.446 del 01 de setiembre de 2006, Nº 2.809 del 19 de octubre de 2006, Nº 876 del 30 de marzo de 2007, Nº 2.434 del 1 de julio de 2008 y Nº 2.167 del 9 de julio de 2009. Además se entiende oportuno establecer el sentido de las calles en los términos establecidos en el plano de la ciudad elaborado por las Direcciones de Tránsito y Transporte y Administración.

Asimismo, a través de la presente disposición se unificarán las distintas normas existentes que regulan las calles con preferencia de la ciudad de Mercedes y por tanto la Intendencia de Soriano resuelve:

Artículo 1.- La circulación en las calles de la ciudad de Mercedes será en doble sentido, a excepción de las arterias indicadas en este Decreto y por el trayecto que concretamente se individualiza.

Artículo 2.- Tendrán sentido de circulación este a oeste las siguientes calles de la ciudad de Mercedes: 

a) Ricardo Detomasi desde Joaquín Suárez hasta Gral. Fructuoso Rivera.

b) Eusebio Giménez y Wilson Ferreira Aldunate desde Avenida Dr. Luis Alberto de Herrera hasta Hernandarias.

c) Florencio Sánchez, desde Gral. Gervasio Galarza hasta Pedro González.

d) Dr. Serafín Rivas Rodríguez y Pedro Blanes Viale desde Gral. Gervasio Galarza hasta Luis Bernardo Pozzolo.

e) Eduardo Casagrande desde Gral. Gervasio Galarza hasta Gral. Fructuoso Rivera.

f) Pedro Hors desde Avenida Brig. Gral. Juan Antonio Lavalleja hasta Dr. Manuel Herrero y Espinosa.

g) Ruben Taruselli desde José Pedro Varela hasta Bulevar Viera y Benavídez.

Artículo 3.- Tendrán sentido de circulación oeste a este las siguientes calles de la ciudad de Mercedes:

a) Paysandú, Pbro. Manuel Antonio de Castro y Careaga y José Enrique Rodó desde Hernandarias hasta Avenida Dr. Luis Alberto de Herrera.

b) Dr. Manuel Ferreira, Ansina (Joaquín Lenzina) y Don Bosco desde Luis Bernardo Pozzolo hasta Gral. Gervasio Galarza.

c) Gral. José Garibaldi desde Bulevar Viera y Benavídez hasta Avenida Brig. Gral. Juan Antonio Lavalleja.

Artículo 4.-  Tendrán sentido de circulación norte a sur las siguientes calles de la ciudad de Mercedes:

a) 21 de Setiembre desde Ricardo Detomasi hasta Dr. Serafín Rivas Rodríguez.

b) 19 de Abril y Dr. Ricardo Braceras desde Avda. Grito de Asencio hasta Aparicio Saravia.

c) Eduardo Víctor Haedo desde Avda. Grito de Asencio hasta Gral. Venancio Flores.

d) Cristóbal Colón, Ituzaingó y José Pedro Varela desde Avda. Grito de Asencio hasta Treinta y Tres.

e) Dr. Manuel Herrero y Espinosa desde Avda. Luis Alberto de Herrera hasta Clemente Fregeiro; y desde Gral. José Garibaldi hasta Treinta y Tres.

f) Cnel. Tomás Gómez desde Avda Luis Alberto de Herrera hasta Clemente Fregeiro.

Artículo 5.- Tendrán sentido de circulación sur a norte las siguientes calles de la ciudad de Mercedes:

a) Gral. Fructuoso Rivera desde Eduardo Casagrande hasta Ricardo Detomasi.

b) Dr. Cassinoni y 28 de Febrero desde Aparicio Saravia hasta Avda. Grito de Asencio.

c) 18 de Julio desde Gral. Venancio Flores hasta Avda. Grito de Asencio.

d) José Gervasio Artigas y Brig. Gral. Manuel Oribe desde Treinta y Tres hasta Avda. Grito de Asencio.

e) Tomás Gomensoro desde Clemente Fregeiro hasta Avda. Dr. Luis Alberto de Herrera.

f) Zapicán desde Treinta y Tres hasta Avenida Dr. Luis Alberto de Herrera.

g) Joaquín Suárez desde Avda. Dr. Luis Alberto de Herrera hasta Clemente Fregeiro.

Artículo 6.- Establécese que el flechado en el entorno de la plazoleta existente entre la Plaza República del Brasil y la Plaza República Argentina entre la Rambla José Batlle y Ordóñez y Avda. Grito de Asencio,será exclusivamente de Norte a Sur sobre la Plaza República del Brasil y de Sur a Norte sobre la Plaza República Argentina.



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Enviado por: luis
ahora yo me pregunto, no la podian complicar un poco mas 18 de Julio desde Gral Flores hasta Avda. Grito de Asencio Colón desde Avda. Asencio hasta Treinta y Tres porque estas diferencias no sabemos andar en calles de un solo sentido y seguimos habilitando el doble sentido alguien puede explicar los motivos preferidas a que velocidad a la misma que en las demas calles la verdad LAMENTABLE
Enviado por: maría díaz
GRACIAS

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