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26 de September del 2021 a las 08:55 -
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El proyecto de resolución del Frente Amplio, por el cual se aceptaban las observaciones del Tribunal de Cuentas al Presupuesto de la Intendencia
La bancada frenteamplista buscaba que aceptadas las observaciones, pasaran a la Intendencia para ser corregidas, pero ello originaría modificaciones que iban en contra de propuestas del Ejecutivo 
La bancada frenteamplista buscaba que aceptadas las observaciones, pasaran a la Intendencia para ser corregidas, pero ello originaría modificaciones que iban en contra de propuestas del Ejecutivo 

En la sesión extraordinaria de la Junta Departamental de Soriano, desarrollada este sábado, la bancada de ediles del Frente Amplio presentó a través de la Edila Claudia Barrientos (quien dio lectura), un proyecto de resolución proponiendo la aprobación de las observaciones del Tribunal de Cuentas al Presupuesto Quinquenal de la Intendencia de Soriano, y tras ello se efectuaran las correcciones correspondientes, que no llegó a votarse en virtud que se aprobó el proyecto de decreto presentado por la Edila Mayka Acuña por el cual los 19 Ediles del Partido Nacional resolvieron rechazar dichas observaciones.
A continuación ofrecemos el texto del proyecto de resolución del Frente Amplio (que fue fundamentado por la suplente de Edil Elena Cuadrado) que no llegó a votarse por haber sido aprobado el del Partido Nacional.
La aceptación de las observaciones llevaba a que la Intendencia efectuara correcciones en el texto del Presupuesto y ello llevaba implícitos cambios en algunos aspectos que el Ejecutivo había propuesto y que no estaba dispuesto a dejar de lado, y que había quedado claro en el debate del tratamiento del Presupuesto en la primera instancia antes de ir al Tribunal de Cuentas y de esta manera el Frente reivindicaba sus posiciones en esos artículos.

PROYECTO DE DECRETO PROPUESTO POR EDILES DEL FRENTE AMPLIO, ACEPTANDO LAS OBSERVACIONES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS AL PRESUPUESTO QUINQUENAL DE LA INTENDENCIA DE SORIANO
Presupuesto Quinquenal Intendencia de Soriano para el ejercicio 2021-2025
Proyecto de Decreto
VISTO: el Exp. N° 441, Repartido N° 409 de la Junta Departamental de Soriano, que establece la Resolución adoptada por el Tribunal de Cuentas, en sesión de 22 de setiembre de 2021 (E.E. Nº 2021-17-1-0004063, Ent. Nº 3065/2021) respecto del Presupuesto Quinquenal de la Intendencia Departamental de Soriano para el período
2021- 2025.
RESULTANDO:
Que el Tribunal de Cuentas analizó el proyecto de presupuesto de la Intendencia Departamental de Soriano que aprobó la Junta Departamental de Soriano, expresando que “ha sido preparado en forma razonable, de acuerdo a los supuestos efectuados por el Organismo”
Se presentan observaciones a las disposiciones Constitucionales, Legales y Reglamentarias vigentes, en los 2.2, 2.3, 2.4, 3.2, 3.3, 3.4, 3.5, 5.2 y 5.5
CONSIDERANDO: El trámite dispuesto por el Art. 225 de la Constitución de la República.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SORIANO
R E S U E L V E:
Art. 1- Apruébese definitivamente el Presupuesto General de Recursos, Sueldos, Gastos e Inversiones de la Intendencia de Soriano para el período 2021-2025, aceptándose las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas.
Art. 2- En cumplimiento a las observaciones 2.2, 2.3, 2.4, 3.2, 3.3, 3.4, 3.5 pasar las mismas a la Intendencia de Soriano para realizar las modificaciones pertinentes en un plazo no mayor a 30 días desde la promulgación de este decreto.
Art. 3- En cumplimiento a la observación 5.2 se tendrá:
CAPÍTULO VII -Presupuesto de Ingreso de Origen Departamental - Contribución Inmobiliaria Rural:
La emisión proyectada para el Quinquenio, es realizada contemplando la emisión 2020 más el 9,92% de reajuste establecido por el Gobierno Nacional para los valores catastrales de los inmuebles rurales. 
Emisión Proyectada en 2021 $ 327.987.670
Morosidad 16% $ 52.478.030
Recaudación Proyectada $ 275.509.640
Art. 3- En cumplimiento a la observación 5.5 se tendrá:
a) Elimínese el art. 3 del CAPÍTULO III Relación funcional.
b) Renombrese los artículos 4, 5, 6, 7 , 8 y 9 con los números 3, 4, 5, 6, 7 y 8 respectivamente.
Art. 4- Remítase al Ejecutivo Departamental, a todos los efectos constitucionales y legales.
Art. 5- Comuníquese lo resuelto al Tribunal de Cuentas.
Art. 6- Dése trámite urgente. 

Fundamentación (leída por la Edila Elena Cuadrado)

Ante la resolución del Tribunal de Cuentas respecto al proyecto de Presupuesto Quinquenal de la Intendencia de Soriano para 2021-2025, como bancada del Frente Amplio consideramos que las observaciones realizadas son de recibo, las cuales fueron consideradas durante la discusión del mismo, tanto en las instancias con los directores del ejecutivo departamental como durante la discusión del mismo en el plenario. 
Las observaciones 2.2, 2.3, 2.4, 3.2, 3.3, 3.4, 3.5 hacen sobretodo al incumplimiento de las formas en que debe presentarse el presupuesto, conversado en la primera reunión con el Director de Hacienda Besozzi. 
Lo mismo podría decirse de la observación 3.4 referente a la falta de comparación entre los escalafones vigentes y previstos; y sobre la observación 3.5 que desconocemos a que se debe. 
Respecto a la 5.2 sobre los beneficios en el pago de la contribución rural, dejamos muy en claro en comisión y en plenario que excedía las potestades de la intendencia, y que por lo tanto la misma no puede realizarlos a no ser que exista una ley nacional que lo permita. Seguimos sin hacer una valoración política del tema, solo nos remitimos a la normativa vigente. 
Y por último, la observación 5.5, queda clarísimo que el artículo 3 del Capítulo III es una reserva de cargo encubierta que se aparta de los art 289 y 290 de la Constitucion de la República.



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