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23 de August del 2021 a las 23:32 -
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“El BSE debe en forma urgente tener acceso a ese registro para evitar la interrupción en el pago de las pensiones alimenticias”
Dijo la edila Maika Acuña (PN) remarcando que es necesaria la continuidad de las pensiones alimenticias.
Dijo la edila Maika Acuña (PN) remarcando que es necesaria la continuidad de las pensiones alimenticias.

 Me voy a referir en esta oportunidad a un derecho fundamental como lo es la continuidad de las pensiones alimenticias de niños, niñas y adolescentes, derecho consagrado por el código de la niñez y la adolescencia y demás legislación vigente a la fecha. 

    En el pleno ejercicio de mi función como Edil y servidora pública, hace unos meses tomé conocimiento de un caso particular de una familia, pero que hace a lo general del asunto. 

Si un trabajador está obligado a que se le realice una retención por este concepto y en determinado momento debe hacer uso del seguro por accidente de trabajos del BSE, la pensión alimenticia se ve interrumpida salvo que la parte interesada (administrador) presente ante el organismo un oficio judicial indicando que se efectúe dicho descuento de los haberes del accidentado. Lo cual representa a mi entender un gran perjuicio para los beneficiarios. 

Existe desde el año 2019 el RENOA (Registro Nacional de Obligados Alimentarios) creado por la Ley 19480, El objeto de la presente ley es asegurar el cumplimiento del servicio de pensiones alimenticias decretadas u homologadas judicialmente en favor de niños, niñas, adolescentes, jóvenes mayores de dieciocho años y menores de veintiuno que no dispongan -en el último caso- de medios de vida propios y suficientes para su congrua y decente sustentación, y personas mayores de edad incapaces, a través de la creación de un registro a cargo del Banco de Previsión Social.
 . Los oficios judiciales de las pensiones alimenticias son comunicados desde el Poder Judicial directamente al BPS por medios electrónicos.
La persona administradora no tiene que hacer ningún trámite en BPS o en las empresas para cobrar la pensión alimenticia.
Una vez inscripto en el RENOA, no es necesario iniciar un nuevo trámite cada vez que el obligado cambia de trabajo, ya que el BPS notifica a la nueva empresa en forma automática y comunica los cambios al Poder Judicial.
Según el inciso C del artículo 5 de esta ley ciertos organismos como ptras Cajas de Jubilaciones y Pensiones tienen acceso a este registro, pero aún no está contemplado el Banco de Seguros del Estado 
Considero señor Presidente que un organismo como el BSE debe en forma urgente tener acceso a ese registro para evitar la interrupción en el pago de las pensiones alimenticias. 
Solicito que mis palabras pasen a la Diputada María Fajardo. 

Asimismo quiero hacer llegar mi agradecimiento al Director Departamental de MIDES Maestro Andres Bachini por su excelente disposición y por su intermedio a los profesionales Abogados que brindaron asistencia legal a una familia de Villa Soriano para solucionar precisamente su interrupción en el cobro de la pensión alimenticia de 2 menores que para satisfacción de quienes anduvimos haciendo gestiones en el día de hoy y luego de 3 meses retomaron el cobro, aunque lamentablemente sin retroactividad porque la ley y el sistema así lo establece. 

Quiero enviar en esta noche todo mi aliento y desearle con mucho cariño a Lautaro Colman lo mejor de lo mejor en la semifinal de Got Talent que se está llevando a cabo precisamente en este momento. Saludar y felicitar a su familia por apoyarlo y por inculcarle tan lindos valores. 
Arriba Lautaro, Soriano hoy está con vos!!! Gracias por lo que estas dando es un orgullo ver que nos estas dejando tan bien representados,  es muy lindo el mensaje que estas dando a muchos niños que como vos van a luchar por sus sueños porque siempre que se quiere, se puede ¡!!



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