
El equipo de @gesor agradece desde ya vuestro aporte, el que nos permitirá seguir creciendo y brindando cada vez más contenido.
Moneda | Compra | Venta |
![]() |
38.05 | 41.05 |
![]() |
0.05 | 0.35 |
![]() |
7.23 | 9.23 |
![]() |
40.54 | 45.39 |


Debido a la resolución emitida por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), referida al registro del traslado de animales de compañía; a partir del 1º de julio de 2021, quienes viajen acompañados por uno o más canes, en transportes de pasajeros interdepartamentales, deberán presentar la cédula canina o similar. Por tal motivo, el Instituto Nacional de Bienestar Animal (INBA) le recuerda que la tramitación de la mencionada identificación canina, no ha variado y puede ser obtenida fácilmente a través de un veterinario habilitado.
Para dicho propósito, acérquese a su veterinario habilitado en cualquier zona del territorio nacional, quien ingresará los datos correspondientes en el Registro Nacional de Animales de Compañía (RENAC) y colocará el chip a su mascota. Acceda aquí al listado de veterinarios habilitados en todo el país
Posteriormente, usted recibirá el carné de registro canino por vía electrónica.
Asimismo, se informa que en caso de extravío del animal y/o de la cédula canina así como por deceso, podrá ingresar al siguiente link para reimpresión del documento o para informar alguna de las otras dos situaciones : ingrese aquí
Es decir que con sólo proporcionar cédula de identidad del propietario y número de chip podrá dejar asentado en el sistema, cualquiera modificación en la tenencia del can.
Por otra parte, el Instituto Nacional de Bienestar Animal se encuentra trabajando en la compra de 250 mil nuevos dispositivos para identificación canina, en el marco de la campaña de castración y chipeo que viene llevando adelante en todo el país, con el objetivo de alcanzar a las poblaciones más vulnerables.
Nueva disposición
Se solicita que a partir del 1º de julio de 2021, las empresas de transporte de pasajeros por carretera en servicios regulares deberán registrar a aquellos animales de compañía que sean trasladados. El tenedor del can deberá presentar la cédula canina o similar que posea la individualización del animal con el número de microchip, su año de nacimiento, su sexo, su nombre, el nombre de su propietario, el nombre de su tenedor, y domicilio de ambos.
Las empresas comunicarán a mes vencido y en forma mensual, los referidos traslados realizados, al Instituto Nacional del Bienestar Animal (INBA).
(*) fuente MGAP.
A los lectores de @gesor que realizan comentarios, en particular a quienes ingresan en la condición de incógnito, no se molesten en hacer comentarios ya no son publicados debido a que no dejan registro de IP ante eventual denuncia de alguna persona que se sienta dañada por ellos.
Igualmente reiteramos lo que hemos escrito en anteriores oportunidades, que pueden referirse con la dureza que se entienda pertinente pero siempre dentro del respeto general y no discriminando ni agraviando, o con expresiones que de alguna manera inciten a la violencia. Los comentarios son una herramienta maravillosa que debemos preservar entre todos.