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04 de June del 2021 a las 16:34 -
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Fiscalía: ¨Marino fue matado brutalmente por ir a buscar agua para cocinar fideos, por querer comer, si doctora, por unas ramas de leña¨
Así lo expresó la Dra. Mastroianni en los alegatos de apertura del juicio por el crimen del artista callejero Jesús Marino Tomas ocurrido en isla del Puerto de Mercedes el 23 de diciembre 2019
Así lo expresó la Dra. Mastroianni en los alegatos de apertura del juicio por el crimen del artista callejero Jesús Marino Tomas ocurrido en isla del Puerto de Mercedes el 23 de diciembre 2019

La Dra. Ana Julia Fuentes, a cargo del juicio oral que comenzó este jueves en el Juzgado de Primera Instancia de 4º Turno de Mercedes por el crimen del artista callejero Jesús Marino Tomas ocurrido l 23 de diciembre 2019 en isla del Puerto de Mercedes, dio la palabra para que presentara sus alegatos de apertura a la Fiscalía, con @gesor como único medio presente.

La Dra. Silvana Mastroianni titular de la Fiscalía de 2º Turno de Mercedes, acompañada de las Fiscales Adscriptas, Dras. Loreley Escobar y Vanesa Pereira, señaló en su alegato de apertura que la Fiscalía “logrará probar que los imputados Elías Jamen, Emanuel Mancini y Leonardo Banegas, dieron muerte con brutal ferocidad a la víctima por un motivo futil, totalmente desproporcionado, en los hechos ocurridos esa noche, lo hicieron tan solo por un atado de leña, golpearon y dieron muerte a Marino con palos, le profirieron golpes, patadas, sin que él pudiera defenderse en ningún momento de tan violenta agresión”.

Recordó que Jesús Marino era un viajante, “un artista callejero, así lo llamaban algunos de los testigos, había llegado a nuestra ciudad hacía unos 10 días aproximadamente, él junto a otros artistas callejeros, estaban pernoctando en el segundo parador en la isla del Puerto, donde cocinaban y pasaban la noche ya que de día realizaban distintas actividades por la ciudad”.

Jesús y sus compañeros, añadió Mastroianni, “en la construcción en la que pernoctaban, no tenía luz ni agua, cocinaban con leña y utilizaban el agua del baño municipal existente cerca del primer parador, el cual estaba siendo arrendado por el imputado Banegas.

En la noche del 22 de diciembre 2019, se realizó en nuestra ciudad la conocida Noche de las Luces, en la rambla de Mercedes, en la Manzana 20, frente a la isla del Puerto.

Esa noche, en ese primer parador municipal de color blanco con construcciones contiguas de color verde, que dista a unos 50 metros del segundo parador, el cual era de color negro, se encontraban los imputados Mancini, Banegas y Jamen, junto a Estefany Sánchez pareja de Banegas y hermana de Jamen y Mancini, las hijas menores de edad de ésta última, también Milagros Sosa pareja en ese entonces de Mancini y Deborah Sosa prima de Milagros Sosa junto a sus hijos menores de edad.

Pasadas las 0.40 horas ya del día 23 de diciembre, Jesús Marino regresó de la rambla junto a sus compañeros Juan Boteri, Nazareno Cruz y María Adrigué al parador donde se encontraban quedándose para disponerse a cocinar la cena. Al regresar del espectáculo y al pasar los antes mencionados por el primer parador y para poder encender fuego para cocinar, tomaron una pocas ramas de leña que allí se encontraban, apoyadas en la vereda del referido local, siendo vistos en ese momento por Emanuel Mancini, Leonardo Banegas y Elías Jamen quienes les manifestaron que eso era para vender, por lo que Jesús dejó las ramas, pidió disculpas y siguieron hacia el segundo parador

Posteriormente, porque siempre iban al primer parador en busca de agua, cargar el celular, comprar hojillas de tabaco, Marino regresó al parador de los imputados porque no había problemas entre ellos, volvió porque Banegas y su familia siempre los ayudaba cuando necesitaban cargar el celular o comprar hojillas y fue en ese momento cuando Jamen y Banegas lo echaron del lugar propinándole un golpe de puño en su rostro, lo que provocó que Marino cayera al piso, regresando hacia donde se encontraban sus compañeros.

Al llegar Marino les comentó lo que había pasado, que había sido golpeado en el parador y como debían organizr la cena y no tenían agua ni luz, la vítima concurrió nuevamente al primer parador acompañado de Cruz, Adrogué, Boteri y De Miguel. Los mismos debían pasar por allí a buscar agua, no tenían otro lugar para hacerlo y en ese momento fueron interceptados, a unos metros antes de llegar al parador municipal por los imputados Banegas, Jamen, Mancini y también por la señora Sánchez, portando los tres primeros palos de madera en sus manos. Sánchez por su parte tomó una baldosa que se encontraba floja en el piso de la vereda”.

La Dra. Mastroianni dijo que en el transcurso del juicio oral “los tres imputados agredieron a la vìctima profiriéndole golpes de puño y también lo golpearon con los palos que llevaban consigo, lo golpearon con tanta violencia, con palos de madera, que llevaron a Marino desde la vereda existente al costado del parador hasta la calle, donde finalmente perdió la vida.

Primero lo golpeó Banegas, continuando con dicho accionar también Mancini y por último Jamen le efectuó un golpe en el tórax a Marino y desde ese momento cayó al piso, no obstante lo cual Jamen y Mancini continuaron golpeando con patadas a la víctima que yacía totalmente indefensa en el suelo, mientras que Banegas se interpuso adelante de los testigos que acompañaban a Jesús impidiendo que estos pudieran ayudarlo.

Las Defensas, intentarán probar y no podrán hacerlo, que los imputados se representaron, no pensaron, no quisieron tan fatìdico desenlace, nos preguntamos, ¿acaso los medios para dar muerte a Marino no son suficientes para matar a cualquier persona? ¿Acaso golpearlo en la cabeza, en la espalda, en el tórax, con un palo con las características de los utilizados y en la forma tan violenta que lo hicieron no es suficiente para darse cuenta que podía resultar sin vida la víctima?

No compartirá la Sede la teoría del caso de las Defensas una vez finalizado el juicio oral.

Durante la agresión a Marino, Emanuel Mancini también agredió físicamente con el palo que portaba al testigo Nazareno Cruz en momentos que este último intentó defender al amigo, profiriéndole un golpe en el brazo derecho, lo cual fue constatado por el médico forense.

Por otra parte, Banegas en igual circunstancias, golpeó en el rostro a su pareja Sánchez, que se encontraba detrás de él, en momentos que levantó el palo que portaba tomando impulso para efectuar otro golpe a Marino.

No es cierto lo que pretenderán probar las Defensas de los imputados respecto a que Marino fue el que golpeó a Sánchez, Marino no llevaba ningún palo en sus manos, no pudo defenderse nunca de la agresión y no provocó el incidente que terminó con su muerte.

Los enjuiciados como así Sánchez, al ver que la víctima se encontraba tendida en el suelo y sin movimiento dejaron de golpearlo retirándose ingresando de nuevo al parador.

Mancini, antes de ingresar al local, se dirigió hacia la costa de la isla junto a su pareja Milagros Sosa descartándose en el río del palo que el mismo portaba, asimismo Jamen se retiró del lugar , por tanto un dispositivo de monitoreo electrónico el cual le fue imputesto en una causa anterior.

La sede escuchará las declaraciones de los compañeros de Marino que se tomaron como declaraciones anticipadas el mismo día de ocurrido el homicidio, quienes describieron lo que sucedió, contaron que no hubo problemas previos con los agresores que derivaran en tan desproporcionada reacción y agresión hacia la víctima.

Dieron cuenta que ni ellos ni Jesús llevaban algo en sus manos y no agredieron a nadie, fundamentalmente que Jesús en ningún momento agredió a quienes dieron muerte ni mucho menos se pudo defender.

Todo esto será acreditado por el médico forense, quien no constató lesiones a los imputados. Los testigos describieron a los agresores y reconocieron a dos de ellos una vez que se realizó reconocimiento ante la sede de garantías con fecha 23 de diciembre 2019. Reconocieron a Banegas y Jamen como los agresores de Marino, no pudieron reconocer a Mancini porque no fue exhibido, debe tenerse en cuenta que la diligencia se realizó el mismo día de sucedidos los hechos, que los testigos son de nacionalidad argentina y que se retiraron del país, no pudieron posteriormente realizar reconocimiento con el imputado Mancini en sede judicial”.

La Fiscal enumeró todas las personas que declararan y sobre qué depondrán a lo largo del juicio, así como los elementos vinculados al hecho que fueron periciados y que serán incluidos como parte de la prueba.

Finalmente la Dra. Mastroianni señaló, “las Defensas intentarán justificar la conducta de sus clientes, excusar el accionar de los imputados, pero no podrán señora Jueza, no podrán probar que existían inconvenientes previos entre los imputados, la víctima y los testigos, porque no es verdad. Intentarán exculpar a sus clientes con la actitud de la víctima, que nunca ocasionó ni matuvo ningún tipo de inconvenientes con sus agresores, si no que regresó como siempre al parador a pedir cargar su celular y comprar hojillas de cigarro, por lo que no podrá la Defensa probar que el que provocó el incidente fue Marino.

Marino fue matado brutalmente por los imputados aquí presentes, le dieron muerte por tratar de cocinar la cena, por ir a buscar agua para cocinar fideos junto a sus compañeros, lo mataron por querer comer, si doctora, lo mataron por querer cocinar alimentos. Lo mataron por unas ramas de leña que Marino y sus compañeros podían haber encontrado en cualquier parte de la isla del Puerto, dichas ramas se trataban de unos palos sueltos y no atados de leña como pretenderá hacer creer la Defensa pero ni siquiera en ese momento se generó un incidente que justifique una reacción tan desmedida y desproporcionada. No había motivo para que los imputados agredieron con la violencia que lo hicieron a palazos y a golpes a Marino y sin que pudiera defenderse, por eso mismo deben responder por un homicidio con brutal ferocidad.

Luego de desarrollarse el juicio oral se probará entonces por parte de esta Fiscalía la participación de Elías Jamen como autor del homicidio con brutal ferocidad de la víctima de Jesús Marino y la participación en calidad de coautores del mismo hecho de Emanuel Mancini y Leonardo Banegas, por lo que deben ser condenados a las penas de 28 años el primero de ellos y Mancini y Banegas a 25 años de penitenciaría tal como fuera presentado en la acusación”.

 

 



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