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10 de June del 2020 a las 08:13 -
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Cancillería convoca a productores lácteos que utilizan determinados nombres protegidos de productos
Si bien algunos términos deberán dejar de utilizarse definitivamente luego de determinado período, existen otros, que por su uso genérico, serán exceptuados de esa condición.
Si bien algunos términos deberán dejar de utilizarse definitivamente luego de determinado período, existen otros, que por su uso genérico, serán exceptuados de esa condición.

En el marco de los compromisos asumidos en materia de indicaciones geográficas en el Acuerdo de Asociación Estratégica Mercosur e Unión Europea, el Ministerio de Relaciones Exteriores convocó a productores lácteos interesados en formar parte de una lista de usuarios previos. Para armonizar procedimientos se sugiere utilizar un modelo de declaración jurada. Los interesados deberán remitir la información antes del 30 de junio.

Como parte de los compromisos asumidos en materia de indicaciones geográficas en el Acuerdo de Asociación Estratégica Mercosur –Unión Europea, el Ministerio de Relaciones Exteriores realiza un llamado público convocando a todos aquellos usuarios de determinados nombres de productos que, una vez entrado en vigor el Acuerdo, deberán dejar de utilizarse tanto en el mercado local como en el de Argentina, Brasil y Paraguay por ser considerados indicaciones geográficas europeas protegidas.

Si bien algunos términos deberán dejar de utilizarse definitivamente luego de determinado período, existen otros, que por su uso genérico, serán exceptuados de esa condición, permitiendo la continuación de su uso siempre y cuando los usuarios formen parte de una lista de “Usuarios Previos”. Conformarán esa lista únicamente aquellos usuarios que, una vez que abierto el llamado y hasta el día 30 de junio de 2020, presenten mediante Declaración Jurada una constancia de que cumplen con los requisitos solicitados.

Los términos en cuestión y las condiciones que deben cumplirse son las siguientes:

  1. Parmesano: haber utilizado el término con anterioridad a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Argentina, Paraguay o Uruguay.
  1. Parmesão: haber utilizado el término con anterioridad a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Brasil.
  1. Reggianito: haber utilizado el término en forma continuada durante al menos los 5 años previos a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Paraguay o Uruguay.
  1. Reggianito: haber utilizado el término con anterioridad a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Argentina. 
  1. Fontina: haber utilizado el término en forma continuada durante al menos los 5 años previos a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Argentina, Brasil, Paraguay o Uruguay.
  1. Gruyère/Gruyere: haber utilizado el término en forma continuada durante al menos los 5 años previos a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Argentina, Brasil, Paraguay o Uruguay.
  1. Gruyerito/Gruyer: haber utilizado el término en forma continuada durante al menos los 5 años previos a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de  Uruguay.
  1. Queso Manchego (elaborado con leche de vaca): haber utilizado el término en forma continuada durante al menos los 5 años previos a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de  Uruguay.
  1. Grappamiel/Grapamiel: haber utilizado el término con anterioridad a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Uruguay.
  1.  Grana: haber utilizado el término en forma continuada durante al menos los 5 años previos a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Brasil.
  1. Gorgonzola: haber utilizado el término con anterioridad a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Brasil. 
  1.  Steinhäger: haber utilizado el término con anterioridad a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Brasil.
  1.  Ginebra: haber utilizado el término en forma continuada durante al menos los 5 años previos a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Argentina.
  1.  Genebra: haber utilizado el término con anterioridad a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Brasil. 

Aquellos usuarios que tengan la intención de formar parte de la lista de Usuarios Previos deberán presentar una Declaración Jurada sobre el cumplimiento de los requisitos antes mencionados.

Para armonizar procedimientos, se sugiere utilizar el modelo de Declaración Jurada en adjunto.

La Declaración Jurada deberá ser remitida hasta el día 30 de junio de 2020,  adelantándose su copia escaneada al correo electrónico: usuarioprevio@mrree.gub.uy . La versión original deberá dirigirse a la Dirección General para Asuntos de Integración y MERCOSUR (Ministerio de Relaciones Exteriores, Colonia 1206, 4º Piso) y ser entregada  en el Departamento de Administración Documental y Archivo (Mesa de Entrada).

Por consultas podrá comunicarse con la Dirección General para Asuntos de Integración y MERCOSUR a través de los teléfonos: 2900 4675 – 2900 1306

 

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