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18 de April del 2013 a las 11:31 -
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¿Quién es el Intendente?...
Este jueves los ediles frenteamplistas se reúnen para  acordar los detalles de la recusación a la decisión del Intendente Guillermo Besozzi, que presentarán ante el Parlamento por su negativa a conformar municipios en Agraciada,  Villa Soriano y
Este jueves los ediles frenteamplistas se reúnen para acordar los detalles de la recusación a la decisión del Intendente Guillermo Besozzi, que presentarán ante el Parlamento por su negativa a conformar municipios en Agraciada, Villa Soriano y

El jueves se reúne la Bancada de ediles del Frente Amplio para acordar criterios en el documento que elevaran al Parlamento recusando la decisión del Intendente de no conformar municipios en Villa Soriano, Agraciada y Santa Catalina.

Como informara @gesor, los ediles frenteamplistas vienen manejando esta posibilidad, y en la noche de este jueves  profundizarán en el tema.

Como se recordará estas tres localidades de Soriano recabaron firmas de vecinos, y amparados en lo que marca la ley, se las entregaron a la Intendencia de Soriano, solicitando convertirse en Municipios. Vencido el plazo establecido el Intendente Guillermo Besozzi no envió el mensaje a la Junta Departamental, por lo que como adelantó en nota con @gesor, seguirá “el camino de la ley”. Es decir que  a partir del 2015 solamente dos localidades se conviertan en Municipios al superar los 2 mil habitantes: Palmitas y Rodó.

 

El edil Enzo Malán (Partido Socialista-FA) adelantó parte de los elementos que se pondrán en discusión en la noche del jueves cuando se reúna la bancada  frenteamplista. En un correo electrónico enviado a @gesor, Malán “¿quién es el gobierno Departamental?” para desconocer el reclamo de la población.

 

 

La descentralización es una actitud no un discurso.

 

En Soriano, (donde nació la Patria… ) amparados por la ley 18567 un grupo de vecinos de Villa Soriano, Santa Catalina y Agraciada tuvieron la iniciativa de que su localidad fuera un municipio. Entendieron que esta herramienta les daba posibilidades de gestionar mejor y lo que es más importante pensar lo local con mentalidad local y no con mentalidad de capital o de centro. Juntaron el 15% de firmas de ciudadanos de la jurisdicción y lo presentaron al Intendente. Éste las envío a la Corte. Ésta las ratificó pero el Intendente no envió esta iniciativa a la Junta Departamental, porque no cree en los municipios ni en la descentralización.

 

Ahora bien, analicemos.

 El artículo 16 de la Ley 18.567, expresa:

“El quince por ciento (15%) de los ciudadanos inscriptos en una localidad o circunscripción tendrá el derecho de iniciativa ante el Gobierno Departamental en los asuntos de su competencia, incluida la iniciativa para constituirse en Municipio.

En este caso la Junta Departamental, a iniciativa del Intendente, podrá disponer la creación del Municipio respectivo, aunque se trate de una población de menos de 2.000 habitantes.”

 

 

Primera pregunta: ¿quién es el gobierno Departamental? El Intendente y la Junta Departamental. Segunda pregunta: ¿Quién tiene  la iniciativa? ¿El 15% de ciudadanos o el Intendente? La ley no es clara y por tanto supone una interpretación y supongo bibliotecas hacia un lado u otro.

 

Por otra parte quien puede disponer la creación es sólo la Junta Departamental.  Ahora no parece lógico que una ley que se titula “de Descentralización territorial y participación ciudadana” disponga que los ciudadanos tomen la iniciativa para que las firmas luego duerman en el cajón del manda más de turno. Tendrían la iniciativa para que si el intendente se le ocurre también la tome. Más que una ley de participación sería de burla ciudadana.

 

Conclusión: la iniciativa (ver artículo 305 de la Constitución) es de los ciudadanos (de ese 15%). Es decir la Junta Departamental, entiendo, tendría dos fuentes de iniciativa: la ciudadana y el intendente. Entiendo que el Intendente omitió el envío de la iniciativa popular a la Junta Departamental.

 

Es así que un grupo de ediles del Frente Amplio y de otros partidos, estaremos solicitando a la Cámara de Diputados se revoque la resolución de no enviar la iniciativa y en consecuencia se disponga el pasaje de esta iniciativa popular (de las localidades de Villa Soriano, Santa Catalina y Agraciada) a la Junta Departamental de Soriano para que esta lo considere.

 

¿Saldrán estos municipios? No lo se. La cámara lo tratará y si fuera atendido este petitorio, lo tratará la Junta. Lo cierto es que debemos agotar los recursos porque creemos en lo beneficioso para las poblaciones de este tipo organismos que permiten mejor gestión, más ejecutividad y mejor control de los bienes de todos.

 

Maestro Enzo Malán Castro

Edil Departamental de Soriano.



(*) Foto

Todo un símbolo: vecinos de Villa Soriano firmando en respaldo de la idea de reclamar un Municipio para su localidad. En la mesa, la edil Alba Bonino (Frente Amplio) y la ex edil Tony Vique (Partido Colorado). 



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El jueves se reúne la Bancada de ediles del Frente Amplio para acordar criterios en el documento que elevaran al Parlamento recusando la decisión del Intendente de no conformar municipios en Villa Soriano, Agraciada y Santa Catalina.

Como informara @gesor, los ediles frenteamplistas vienen manejando esta posibilidad, y en la noche de este jueves  profundizarán en el tema.

Como se recordará estas tres localidades de Soriano recabaron firmas de vecinos, y amparados en lo que marca la ley, se las entregaron a la Intendencia de Soriano, solicitando convertirse en Municipios. Vencido el plazo establecido el Intendente Guillermo Besozzi no envió el mensaje a la Junta Departamental, por lo que como adelantó en nota con @gesor, seguirá “el camino de la ley”. Es decir que  a partir del 2015 solamente dos localidades se conviertan en Municipios al superar los 2 mil habitantes: Palmitas y Rodó.

 

El edil Enzo Malán (Partido Socialista-FA) adelantó parte de los elementos que se pondrán en discusión en la noche del jueves cuando se reúna la bancada  frenteamplista. En un correo electrónico enviado a @gesor, Malán “¿quién es el gobierno Departamental?” para desconocer el reclamo de la población.

 

 

La descentralización es una actitud no un discurso.

 

En Soriano, (donde nació la Patria… ) amparados por la ley 18567 un grupo de vecinos de Villa Soriano, Santa Catalina y Agraciada tuvieron la iniciativa de que su localidad fuera un municipio. Entendieron que esta herramienta les daba posibilidades de gestionar mejor y lo que es más importante pensar lo local con mentalidad local y no con mentalidad de capital o de centro. Juntaron el 15% de firmas de ciudadanos de la jurisdicción y lo presentaron al Intendente. Éste las envío a la Corte. Ésta las ratificó pero el Intendente no envió esta iniciativa a la Junta Departamental, porque no cree en los municipios ni en la descentralización.

 

Ahora bien, analicemos.

 El artículo 16 de la Ley 18.567, expresa:

“El quince por ciento (15%) de los ciudadanos inscriptos en una localidad o circunscripción tendrá el derecho de iniciativa ante el Gobierno Departamental en los asuntos de su competencia, incluida la iniciativa para constituirse en Municipio.

En este caso la Junta Departamental, a iniciativa del Intendente, podrá disponer la creación del Municipio respectivo, aunque se trate de una población de menos de 2.000 habitantes.”

 

 

Primera pregunta: ¿quién es el gobierno Departamental? El Intendente y la Junta Departamental. Segunda pregunta: ¿Quién tiene  la iniciativa? ¿El 15% de ciudadanos o el Intendente? La ley no es clara y por tanto supone una interpretación y supongo bibliotecas hacia un lado u otro.

 

Por otra parte quien puede disponer la creación es sólo la Junta Departamental.  Ahora no parece lógico que una ley que se titula “de Descentralización territorial y participación ciudadana” disponga que los ciudadanos tomen la iniciativa para que las firmas luego duerman en el cajón del manda más de turno. Tendrían la iniciativa para que si el intendente se le ocurre también la tome. Más que una ley de participación sería de burla ciudadana.

 

Conclusión: la iniciativa (ver artículo 305 de la Constitución) es de los ciudadanos (de ese 15%). Es decir la Junta Departamental, entiendo, tendría dos fuentes de iniciativa: la ciudadana y el intendente. Entiendo que el Intendente omitió el envío de la iniciativa popular a la Junta Departamental.

 

Es así que un grupo de ediles del Frente Amplio y de otros partidos, estaremos solicitando a la Cámara de Diputados se revoque la resolución de no enviar la iniciativa y en consecuencia se disponga el pasaje de esta iniciativa popular (de las localidades de Villa Soriano, Santa Catalina y Agraciada) a la Junta Departamental de Soriano para que esta lo considere.

 

¿Saldrán estos municipios? No lo se. La cámara lo tratará y si fuera atendido este petitorio, lo tratará la Junta. Lo cierto es que debemos agotar los recursos porque creemos en lo beneficioso para las poblaciones de este tipo organismos que permiten mejor gestión, más ejecutividad y mejor control de los bienes de todos.

 

Maestro Enzo Malán Castro

Edil Departamental de Soriano.



(*) Foto

Todo un símbolo: vecinos de Villa Soriano firmando en respaldo de la idea de reclamar un Municipio para su localidad. En la mesa, la edil Alba Bonino (Frente Amplio) y la ex edil Tony Vique (Partido Colorado). 

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