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09 de October del 2019 a las 10:29 -
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Aprueban ordenanza prohibiendo el uso del glifosato, plaguicidas y herbicidas en espacios verdes de uso públicos
“Comprende tareas como desmalezamiento, desecación en los espacios verdes de uso público, contralor de pasto en veredas”.
“Comprende tareas como desmalezamiento, desecación en los espacios verdes de uso público, contralor de pasto en veredas”.

El pasado lunes la Junta Departamental de Soriano aprobó el texto de la ordenanza propuesta por la Intendencia prohibiendo el uso de glifosato y demás plaguicidas y herbicidas sintéticos “en las tareas de arbolado y mantenimiento de espacios verdes de uso público, desarrolladas por la Intendencia y Municipios del departamento de Soriano”.


Dicha ordenanza quedó redactada de la siguiente manera:

“Artículo 1º.- Queda prohibido la aplicación de forma habitual de glifosato en las tareas relativas al arbolado y mantenimiento de los espacios verdes de uso público que desarrollen la Intendencia y los Municipios dentro de sus competencias en el departamento de Soriano, que se realicen en forma directa o por empresas contratadas a esos efectos.-
Artículo 2º.- La prohibición prevista en el artículo anterior comprende tareas como desmalezamiento, desecación en los espacios verdes de uso público, contralor de pasto en veredas.-
Artículo 3º.- Otorgar un plazo máximo de 30 días a partir de la aprobación de la presente Ordenanza departamental, para que los servicios competentes sustituyan el uso de glifosato por acciones como desmalezamiento manual con vapor de agua u otras alternativas cuyos residuos no repercutan en la salud de las personas y cuenten con la aprobación explícita de las autoridades competentes.-
Artículo 4º.- Facultar a la Intendencia de Soriano a incluir en los pliegos licitatorios, compras directas, convenios y cualquier otra forma de vinculo que se establezca con terceros para la prestación de las tareas mencionadas en el artículo 1º, las prohibiciones y condiciones previstas en la presente Ordenanza y a disponer que su incumplimiento constituirá causal de rescisión automática.-
Artículo 5º.- Facultar a la Intendencia de Soriano a crear, en forma coordinada con los Municipios, un plan de fiscalización y control para transporte y eliminación de envases, y resto de los mencionados plaguicidas y herbicidas sintéticos que se encuentran en la órbita pública, y en las empresas contratadas que brinden servicios por vía de licitación o compra directa.-
Artículo 6º.- La Intendencia de Soriano brindará instancias de formación a los funcionarios que realicen tareas en cuanto al arbolado, áreas verdes y jardinería a nivel público sobre la aplicación de este decreto, las técnicas de sustitución y las instancias necesarias para la eliminación de envases contaminados y restos de glifosato.-
Artículo 7º.- La Intendencia de Soriano reglamentará la presente Ordenanza y promoverá las acciones pertinentes para su estricto cumplimiento”.

 



(1920)

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