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18 de June del 2019 a las 10:23 -
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Fiscalía de 2° Turno de Mercedes pidió tres años de penitenciaría para el abogado Víctor Gil Barrera
Considera que es responsable del delito de suministro de estupefacientes a un recluso para que ingresara las sustancias a la cárcel; la Jueza Dra. Barlocco, fallará el 25 de julio
Considera que es responsable del delito de suministro de estupefacientes a un recluso para que ingresara las sustancias a la cárcel; la Jueza Dra. Barlocco, fallará el 25 de julio

La Dra. Vivianna Barlocco, Jueza de Primer Turno, a cargo del juicio oral y público que se le sigue a Víctor Gil Barrera, quien fuera formalizado en su momento por un delito de suministro de sustancias estupefacientes especialmente agravado en grado de tentativa, condujo la audiencia de alegatos finales. En ella el equipo de la Fiscalía de Mercedes de 2° Turno, con su titular Dra. Herminia Viotti, junto a los Fiscales Adscriptos Dr. Federico Martínez y Dra. Loreley Escobar, realizó el alegato final, el cual ofrecemos a continuación.

ALEGATO DE LA FISCALIA
"A la luz de los principios de la sana crítica es posible concluir con el grado de certeza requerido y más allá de toda razonable que Víctor Gil Barrera cometió un delito de suministro de sustancias estupefacientes especialmente agravado en grado de tentativa de conformidad con los arts. 5 del Código Penal y arts. 34 y 60.4 del decreto ley 14294 en la redacción dada por la ley 19513".
Para el equipo que encabeza la Dra. Viotti, "Víctor Gil actuó con conciencia y voluntad dirigida al resultado, desplegó los actos típicos del delito que se le imputa, por lo que debe responder en calidad de autor".
Fiscalía considera probado que el 16 de agosto de 2018 "la PPL Jorge Rey Maneiro fue conducido desde el INR 24 en un móvil de Seccional 2a. para el Juzgado Penal en virtud de una audiencia prevista por el art. 126 del anterior CPP", en la que Gil era su abogado.
Estando en la sala de audiencia, el imputado "le entregó sigilosamente un paquete con droga a Rey Maneiro la cual éste debía ingresarla a la cárcel, conducta que la llevó a cabo en momentos en que la señora receptora Melina Vera se dirigía hacia su computadora quedando de espaldas a Gil y a Rey".
La Dra. Viotti señaló, "véase Sra. Juez que el imputado utilizó segundos y que lo hizo con mucho sigilo, porque obviamente -y permítame la expresión- no iba a estar gritando a los cuatro vientos: "ingresame esta droga a la cárcel".
Fíjese señora Juez que implicó a una persona a la cual estaba defendiendo, engañándolo, prometiéndole que la compañera, que también estaba recluida por un delito de negociación de estupefacientes, iba a quedar libre antes de fin de año y que respecto a él, en un año, estaba también en libertad".
Cuestionó que Gil Barrera "jugó con uno de los derechos más preciados del ser humano como es la libertad, olvidándose que su función era defender a Rey, garantizar sus derechos".
Para el equipo de Fiscalía fue "una estrategia deleznable la utilizada", engañando a Rey con su libertad "y con que no lo iban a revisar, tocando las fibras más sensibles de una persona que está privada de la libertad y lo consiguió, porque Rey aceptó ingresar la droga".
Hizo hincapié en el lugar donde decidió ejecutar el hecho, "la sede judicial, el cual debió haber respetado".
De todas maneras, para la Dra. Viotti "no es de extrañar que Gil lo haya hecho. El imputado ha demostrado en innumerables ocasiones su accionar transgresor y deshonesto. Es así que no tuvo prurito en poner a los operadores penitenciarios en constante alerta ya que entre sus pertenencias llevaba por ejemplo celulares que, a pesar de no ser delito en sí, contrariaban plenamente las disposiciones administrativas vigentes del INR, e incluso en otras oportunidades se presentaba en el establecimiento carcelario a entrevistarse con sus defendidos en un claro estado etílico, evidenciando una falta total de decoro, perjudicando la imagen de una profesión tan digna como la abogacía".
Para la Fiscalía, el imputado "ha demostrado el fin económico que persigue con su conducta. En ese sentido al estar prohibido el ingreso de celulares, lograr ingresarlos implica un pago monetario alto por los familiares de los reclusos y ni que hablar del ingreso de la droga.
Tal como pudimos apreciar al escuchar el testimonio de la funcionaria policial Morell, lo que comúnmente llamamos porro de tan solo 0,5 gramos se cotiza a $ 500 por lo que la cantidad incautada en una operación aritmética simple nos arroja un resultado de una ganancia de $ 50.000 en cuestión de horas".
En definitiva, concluyó la Dra. Viotti, "la Fiscalía ha probado, más allá de toda duda razonable la participación y responsabilidad de Víctor Gil Barrera como autor de un delito de suministro de estupefacientes especialmente agravado en grado de tentativa ameritando una pena de tres año de penitenciaría, teniendo en cuenta no sólo la gravedad del delito en sí, sino también de quien lo ejecutó y el lugar donde lo ejecutó, es decir, nada más ni nada menos que en una sede judicial, recinto que debe ser en todo momento honrado".

LA JUEZA DRA. BARLOCCO FIJO FECHA DE SENTENCIA
La Jueza Dra. Vivianna Barlocco, informó que estará dictando sentencia el 25 de julio a las 15.00 horas, teniendo en cuenta que el plazo se interrumpe por la feria judicial menor. Hasta esa fecha habrá que aguardar para conocer si la Dra. Barlocco accede a la solicitud de la Fiscalía de los 3 años de penitenciaría como condena para Víctor Gil como autor del delito mencionado o si por el contrario, entiende que no hay pruebas suficientes y en ese caso, como lo pide la Defensa de Gil, lo absuelve.

 



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