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03 de April del 2019 a las 05:23 -
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“De momento no se van a cerrar ni el block quirúrgico ni la sala de partos del Sanatorio Cardona”
Fue la respuesta dada por CAMS en la audiencia realizada en la mañana de este martes ante la Acción de Amparo presentada por los usuarios.
Fue la respuesta dada por CAMS en la audiencia realizada en la mañana de este martes ante la Acción de Amparo presentada por los usuarios.

En la mañana de este martes se desarrolló una audiencia judicial ante la Acción de Amparo pedida por los usuarios de CAMS Cardona preocupado por la reestructura de servicios para el Sanatorio de esa localidad. En dicha audiencia la mutualista contestó por escrito que no cerrará ni el block quirúrgico, ni la sala de partos del Sanatorio Cardona. Tras dicha instancia los representantes de los usuarios de CAMS Cardona emitieron un comunicado resumiendo esta instancia que trae tranquilidad para esa localidad. Dicho comunicado expresa:

Cardona, 2 de Abril de 2019.

Los Sres. Eduardo Martínez y Antonio Revetria en representación delos usuarios de CA MS Cardona IA MPP, informan lo siguiente:
1) Cumpliendo con el mandato de la Asamblea de usuarios de fecha 28 de Marzo de 2019, se presentó el día 29 de Marzo del corriente una Acción de Amparo ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Mercedes de 2do. turno, solicitando que se dejara sin efecto la ejecución de las medidas de reestructura que comenzarían a partir del 1 de Abril con el cierre del Block quirúrgico y sala de partos durante 15 días en cada mes.
2) La acción fue acogida preliminarmente y se citó a audiencia a ambas partes. En la audiencia CAMS IAMPP contestó la demanda manifestando por escrito entre otras cosas, que la dirección del mencionado prestador de salud había decidido que “de momento no se van a cerrar ni el block quirúrgico ni la sala de partos del Sanatorio Cardona. Las mismas siguen y seguirán funcionando hasta nueva decisión, con guardias de cirujano y ginecólogo”.
3) La sentencia definitiva dictada en la propia audiencia desestimó finalmente la acción de amparo, debido a que aún quedan mecanismos administrativos y judiciales a disposición de los usuarios que no han sido agotados, que se pueden activar los mecanismos ordinarios administrativos y judiciales a los efectos de salvaguardar los derechos de los usuarios, y además tomando en cuenta la decisión de “no cerrar” ni el block quirúrgico ni la sala de partos del Sanatorio Cardona.
4) Por lo expresado, ambos representantes de los usuarios evalúan como positivo lo actuado, porque se pudo lograr revertir la medida de cierre de servicios. Asimismo garantizan seguir trabajando en defensa de los derechos de los usuarios para mantener los servicios en el medio.



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