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17 de August del 2018 a las 10:42 -
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Histórico: primer juicio oral y público en el Juzgado de Mercedes por el nuevo Código del Proceso Penal
El caso se trata de abigeato ocurrido el 6 de noviembre 2017 en chacra del Senador Guillermo Besozzi y posterior huida del presunto autor cuando había sido interceptado por Policía Nacional de Tránsito
El caso se trata de abigeato ocurrido el 6 de noviembre 2017 en chacra del Senador Guillermo Besozzi y posterior huida del presunto autor cuando había sido interceptado por Policía Nacional de Tránsito

En la tarde de este jueves se llevó a cabo en el Juzgado Letrado de Primera Instancia, de Primer Turno, en lo Penal de Mercedes, se llevó a cabo el primer juicio oral y público desde la puesta en vigencia del nuevo Código del Proceso Penal. Se trata de una instancia histórica, ya que si bien se han desarrollado juicios orales, ninguna han sido públicos en virtud que se trata de hechos vinculados a adolescentes y por ende no se permite el acceso de público ni de la prensa.
Recordamos que el nuevo CPP sobró vigencia el 1 de noviembre 2017 y este hecho en particular es del 6 de noviembre 2017 y la causa IUE 598-134/2018 está caratulada "C.C.L.M. Un delito de abigeato especialmente agravado y un delito de desacato".
Tiene una connotación particular porque coincide con un hecho de público conocimiento ya que se trata del abigeato ocurrido en chacra de Senador y exIntendente Guillermo Besozzi sobre ruta 2 en cercanías de Mercedes, del que se encuentra imputado un carnicero de nombre L.M.C.C. de 45 años.
De esta instancia histórica participaron la Jueza Dra. Vivianna Barlocco a cargo de la sede, asistida por la receptora Milena Vera, la Fiscalía representada por la Dra. Stella Alciaturi como Fiscal de 1er. Turno, la Dra. Valeria Figueredo como Fiscal Adscripta y la funcionaria Dra. Andrea Gutiérrez Frías, mientras que la Defensa del imputado es asumida por el abogado Dr. Víctor Gil Barrera, estuvo el imputado y un testigo, funcionario de Policía Nacional de Tránsito que actuó en el caso, W.A. que prestaba servicios en el destacamento de ejidos de Mercedes.
Cabe señalar que el imputado y su Defensa no cuestionan la imputación del delito de abigeato y en cambio no aceptan el haber cometido el delito de desacato.

LOS HECHOS
Precisamente la presencia del funcionario de Policía Nacional de Tránsito, W.A., tiene que ver con el eventual desacato. Consultado por Fiscalía sobre los hechos ocurridos aquel 6 de noviembre 2017, el funcionario recordó que esa noche se recibió una denuncia sobre la presencia en campo de la zona de una camioneta Ford Ranger que presuntamente podía estar cargando algo y que podía ser carne y cuando se está subiendo en la camioneta la ve pasar rumbo a Mercedes, siguiéndola. Al ingresar a la ciudad, a la altura del barrio Túnel haciéndole señas con el cambio de luces logra hacer que detenga la marcha. Se bajan ambos conductores, el funcionario le informe que recibieron una denuncia y que necesita que le exhiba la documentación. El conductor de la camioneta le dice que no la tiene encima que la va a buscar a la camioneta, mientras que el funcionario de Policía Nacional de Tránsito se dirige a su vehículo y avisa a la base que tiene la camioneta detenida. En ese momento ve que en el hombre se sube a la camioneta y bruscamente arranca y se va del lugar, procura seguirla pero la pierde de vista.
La busca en algunos lugares de la ciudad sin poder encontrarla, informa a la Brigada Rural de la Policía, que no la pudo encontrar. Más tarde le avisan que la Brigada Rural la encuentra y toma contacto con la Dra. Sampayo, Fiscal en ese momento del caso.
La Fiscal Alciaturi le pregunta a cuanto estaban de diferencia las camionetas cuando avisó a la base que la tenía detenida y dijo no más de 2 a 3 metros.
Luego la Fiscal le preguntó si la persona estaba en sala y el testigo dijo que sí y la señaló, tratándose del impuatdo, de lo que se tomó en cuenta.
Seguidamente la Defensa del imputado le hizo una sola pregunta al testigo, si en algún momento él le dijo a su defendido que estaba detenido y la respuesta fue no.
Y a continuación la Jueza Dra. Barlocco consultó al testigo de manera aclaratoria si lo que él estaba diciendo es que había estado con esta persona la había dicho que había una denuncia en su contra, le pidió los documentos, éste le dijo que los iba a buscar, se subió a la camioneta y se fue sin mediar ninguna palabra más, a lo que asintió el testigo.

LOS ALEGATOS FINALES
Posteriormente fue el momento de los alegatos finales, la Fiscalía, en forma resumida indicó que al no haber resistencia a la imputación del abigeato especialmente agravado y centrarse las diferencias en el desacato, señaló que precisamente se trataba de esta conducta al desobedecer a un Cabo de la Policía Nacional de Tránsito con las nuevas facultades que le da la ley para actuar tanto en las rutas como en la ciudad y que perfectamente pudo haber escuchado cuando dijo que estaba detenida la camioneta y por eso huyo.
Por su parte el Dr. Gil Barrera indicó que no aceptan el delito de desacato, porque sería ridículo, y que de penarse este caso como tal todos los estaríamos expuestos todos los ciudadanos a procesos penales por incumplimientos de mandatos administrativos, entendiendo que lo que hizo su defendido fue incumplir con un mandato administrativo de no presentarle los documentos, pero que no estaba detenido como lo dijo el propio funcionario policial.
Escuchados que fueron, la Jueza, Dra. Barlocco, basada en el art. 271 fijo el día 23 de agosto a las 15.00 para dar dar a conocer el fallo.



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