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15 de February del 2018 a las 10:27 -
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Sentencia judicial  sobre  el caso de la niña que repitió el año ‘agravia la institucionalidad’
Opinó el diputado frentamplista  Enzo  Malán  al pedir  que la Comisión de Cultura de  Parlamento analice  el tema.
Opinó el diputado frentamplista  Enzo  Malán  al pedir  que la Comisión de Cultura de  Parlamento analice  el tema.

La  determinación  judicial  que autoriza  a pasar  de grado  a una alumna del  Colegio Marista  cuando la evaluación docente determinaba que  debe repetirlo,  genera preocupación  en los docentes. En diferentes  ámbitos se han escuchado  manifestaciones  respecto a  esto. En   tanto   el diputado Enzo  Malán,  maestro de  profesión,  pedirá que el caso sea  estudiado por la Comisión de Cultura de  Diputados,  pues  se   “agravia a los docentes porque ignora los procesos didácticos y pedagógicos”. Según expresó  en un  comunicado.  Malán  opinó que   esta determinación “agravia la institucionalidad. En una república hay división de poderes y esa división en algunos casos es clara y en otros supone mantener equilibrios lo más específicos posibles.

?En el caso, recordemos que la ley de Educación General de Educación N° 18437, artículo 63, establece cometidos a los Consejos de la ANEP entre otros aprobar planes de estudio, supervisaros, reglamentar la organización y funcionamiento, conferir certificados de estudio, etc…

Los órganos del Estado y especialmente los Poderes del Estado tienen distribuidas sus competencias y su actuación es válida en la medida que cumplan su actividad dentro de esos límites. El Poder Judicial tiene la facultad de controlar la actividad del Estado en cuanto afecta derechos, pero no puede sustituir la competencia que está atribuida a otros órganos como en este caso, y especialmente cuando hay recursos previstos para recurrir las decisiones de los órganos. Lo resuelto se podría considerar como un acto administrativo, igual que es la designación, cese o ascenso de un funcionario y para eso la propia Constitución prevé el régimen de recurrencia que termina con la intervención del Tribunal de lo Contencioso Administrativo; es decir, que hay medios jurisdiccionales para requerir la protección de los derechos que, en ese ámbito no le corresponde al Poder Judicial sino al TCA”.

 

Peligroso

En  diálogo con @gesor el diputado Enzo  Malán  indicó que esta determinación podría  generar  un precedente para otros caso. Poniendo como ejemplo “un caso de ciencia ficción.  Vamos  a sacar una ley  por  medio de la cual el  Poder Ejecutivo dice  que la alumna tiene que pasar de año. ¿Qué va a decir la justicia? Que  esa ley  es anti constitucional porque está violando la  autonomía de la Educación  Pública.  A mi me  parece que aquí el  juez  incurre  en  una situación  de esta.  Primero  porque no hay  una vulneración de  ningún derecho”.   Ya  que  “capaz  que la repetición”  de año “para  el  alumno  es lo mejor que le puede pasar. No es  que se  violenta  un  derecho  del alumno.  No.  Entonces  tener  este precedente  donde por  medio de  un juez, desde fuera  del ámbito educativo, voy  a resolver si  pasa o  no pasa  de año  me parece  muy  peligroso.



(1971)

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