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28 de November del 2017 a las 09:29 -
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Condenado por desacato y lesiones personales a siete meses de prisión pero con cumplimiento en libertad vigilada
No podía acercarse a su pareja, la llevó a un hotel, estuvo dos días con ella, la golpeó, aceptó los hechos y en proceso abreviado, acordó la sanción salvándose de la cárcel por el nuevo código
No podía acercarse a su pareja, la llevó a un hotel, estuvo dos días con ella, la golpeó, aceptó los hechos y en proceso abreviado, acordó la sanción salvándose de la cárcel por el nuevo código

En la tarde de este lunes se llevó a cabo audiencia de formalización en el Juzgado Letrado de 1° Turno de Mercedes, a cargo de la Dra. Vivianna Barlocco, en el marco de la aplicación del nuevo Código del Proceso Penal.
Estuvieron en sala además de la magistrada, quienes llevaron adelante la acusación por la Fiscalía Departamental de 1° Turno, Dras. Stella Alciaturi y Valeria Figueredo (ambas Adscriptas), acompañadas por la titular Dra. Adriana Sampayo, la Defensora de Oficio del indagado Dra. Priscila Zuchetti, también presente la Jueza de 4° Turno Dra. Ana Julia Fuentes, además de los escribientes.
La audiencia se inició a las 14.45 horas y culminó a las 15.02, en la cual la Fiscalía acusó a P.G.M.M. de 19 años, sin antecedentes (según manifestara él), domiciliado en José Enrique Rodó, el que de acuerdo a los hechos narrados por la Dra. Alciaturi y posteriormente aceptados por Dra. Zuchetti y el propio indagado, P.G.M.M. quien tenía medida cautelar determinada por el Juez de Paz Héctor Boero de no acercarse a su pareja, se juntó con ella en un hotel durante dos días procediendo a agredirla, provocándole lesiones que fueron constatadas por la Médica Forense.
Al aceptarse por parte del indagado y de la Defensa los hechos, se procedió a utilizar la nueva herramienta que brinda el CPP del proceso abreviado por el cual se pasa directamente a condenar al a partir de allí imputado P.G.M.M. al que Fiscalía pidió se le aplicara un delito de desacato especialmente agravado en reiteración real con un delito de lesiones personales y pidió la pena de 7 meses de prisión que se acordó cumplir con libertad vigilada por parte de la OSLA, con prohibición de acercarse a la víctima, como de comunicarse con ella por cualquier tipo de vía, a lo cual la Defensa no tuvo objecciones.
Teniendo en cuenta ello, la Dra. Barlocco consultó al imputado si aceptaba los hechos a lo que respondió que sí; si estaba de acuerdo con el proceso abreviado, a lo que dijo que sí; por lo que procedió a emitir su fallo que coincidió con el pedido de la Fiscalía.



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