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En actuaciones cumplidas por seccional 4a. en torno a siniestro de tránsito ocurrido en julio del 2014, en Ruta 21, inmediaciones de puente San Salvador, donde colisionaran el camión Daihatsu KDA 2240 y la moto Kawasaki, KVS 336; cumplida una nueva instancia la Justicia Letrada de Dolores dispuso el procesamiento sin prisión del masculino de iniciales W.D.R.R, de 48 años de edad, imputado de “un delito de lesiones graves culposas” disponiéndose como medida sustitutiva la prohibición de conducir vehículo (incluido moto) por un plazo de 3 meses, retirándosele la libreta de conducir.
Este pronunciamiento judicial ocurre a casi tres años de sucedido el hecho, lo que marca en ocasiones el tiempo que se toma la Justicia para dirimir determinadas responsabilidades y lo otro que surge es que la medida sustitutiva de retirarle la licencia de conducir por tres meses, parece absolutamente atemporal, porque salvo que hubiera arrojado positiva la espirometría que es lo que no se dice y allí sí le hubiera retirado la licencia en el acto, esta persona durante casi tres años continuó conduciendo y ahora recién se le impone esta sanción.
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