agesor
. . . . .

Municipio de Dolores
Actividades del Diputado Martín Melazzi
Centro Profesionales Mercedes
coopace
edil José Lavista - Partido Nacional
Diputada María Fajardo
Edil Raúl Morossini
Edil Luciano Andriolo Guyman
Proyecto memoria
andres centurion edil partido colorado
Bancada del Frente Amplio
Israel Acuña - Edil del Partido Nacional
kechu fletes
@gesor es de acceso completamente gratuito para nuestros lectores, pero si quieres apoyar nuestro trabajo con un donativo, te damos dos opciones, la primera de un único pago de U$S2 (dolares americanos dos) o la segunda con una suscripción de U$S1 (dolares americanos uno) por mes, la que puedes realizar en pagos mensuales o un pago anual.

El equipo de @gesor agradece desde ya vuestro aporte, el que nos permitirá seguir creciendo y brindando cada vez más contenido.
Pago
Opciones de suscripción
Si quieres colaborar con un monto distinto, por favor contacta con info@agesor.com.uy indicando el monto con el que quieres colaborar y te haremos llegar el formulario de pago.
MonedaCompraVenta
38.05 41.05
0.05 0.35
7.23 9.23
40.54 45.39
El Observador El Pais La Juventud La Diaria La Republica El Telegrafo
.
Síguenos Síguenos Canal Instagram
03 de March del 2017 a las 08:15 -
Tweet about this on Twitter Share on Facebook Share on LinkedIn Pin on Pinterest Email this to someone
Intendencia de Soriano concedió en comodato parte del inmueble en Dolores, al Museo Agrario San Salvador
Tras la celebración de sesión extraordinaria Junta Departamental, en votación apoyada por mayoría de 27  en 28 ediles
Tras la celebración de sesión extraordinaria Junta Departamental, en votación apoyada por mayoría de 27 en 28 ediles

Se cumplió en la noche de este jueves 2 de marzo,  una Sesión Extraordinaria de la Junta Departamental por la cual concedió anuencia a la Intendencia de Soriano para dar en comodato a la Asociación Civil Museo Agrario San Salvador, parte del inmueble padrón 3825 de la localidad catastral Dolores, con una superficie de 10.348 metros cuadrados 60 decímetros cuadrados, descriptas en el plano realizado por el Ing. Carlos Magano Ferro de fecha 7 de diciembre de 2010 y el realizado con fecha 22 de noviembre de 2016 por el Ing. Agr. Alejandro Poloni, cuyas copias las partes deberán suscribir y formarán parte del respectivo comodato.

La misma fue apoyada  por mayoría de 27 votos en 28 ediles presentes. (Ausentes Marco Morossini y Leonel Silva, Luciano Andriolo votó negativamente)

Previo a la votación un total de 9 ediles hicieron uso de la palabra, exponiendo sus argumentaciones.Por su orden lo hicieron en primer lugar el edil Luciano Andriolo  quien fue el que lo hizo en forma negativa, argumentó “no poder votar este comodato hay otras realidades” como por ejempló destinar esos recursos a políticas de viviendas  expuso el nacionalista.

Le siguieron Mayka Acuña Luis Rico, Eduardo Perazza, Julio Guastavino, Emanuel Borges, Andrés Juri, Damián De Oliveira.

Tras la votación volvió hacer uso de la palabra el edil  Luciano Andriolo para justificar su voto.

(Comunicado) Reunida en régimen extraordinario, en 45 minutos y por mayoría de 27 votos en 28, la Junta Departamental de Soriano, concedió anuencia a la Intendencia de Soriano para dar en comodato a la Asociación Civil Museo Agrario San Salvador, parte del inmueble padrón 3825 de la localidad catastral Dolores, con una superficie de 10.348 metros cuadrados 60 decímetros cuadrados, descriptas en el plano realizado por el Ing. Carlos Magano Ferro de fecha 7 de diciembre de 2010 y el realizado con fecha 22 de noviembre de 2016 por el Ing. Agr. Alejandro Poloni, cuyas copias las partes deberán suscribir y formarán parte del respectivo comodato.

Como lo expresa el artículo 2º del decreto de la Junta, la Intendencia de Soriano deberá proceder al otorgamiento de un contrato de comodato, dentro del plazo de seis meses a contar de la promulgación del presente, y cuanto antes sea posible. El contrato de Comodato contendrá las normas legales y reglamentarias que son de estilo, pero estarán sujetos a las condiciones, y tendrán los límites jurídicos, que se indican en los artículos siguientes de este decreto.

-

Condiciones del Comodato

Precisamente en el artículo 3º se establece que el comodato estará sujeto, en primer lugar, a la condición resolutoria expresa que el predio y la fracción de terreno objeto del contrato, sea el uso exclusivo para los fines del Museo Agrario, según consta en las notas del gestionante, futuro comodatario. Para mayor descripción de los fines se estará al proyecto que la institución presentó oportunamente ante las autoridades municipales y departamentales y el mismo formará parte del respectivo comodato, y así se establecerá en el mencionado documento.

El artículo 4º, dice que en el respectivo contrato se establecerá además que la institución comodataria, dispondrá de un plazo de dos años a partir de la firma del comodato para dar comienzo a las obras y/o mejoras proyectadas, las que deberán estar finalizadas para su utilización dentro del plazo de seis años a contar del otorgamiento del respectivo comodato, so pena que se pueda dar por rescindido aquel en que se haya incumplido con alguna de estas obligaciones.

-

Los plazos establecidos en el Decreto

Por lo establecido en el artículo 5º, el Comodato se otorgará por un plazo de cinco (5) años a contar de su suscripción, pudiendo ser renovado por períodos iguales, hasta un máximo de 20 años a contar del primer otorgamiento, siempre que la institución comodataria haya dado cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo anterior y siempre que el predio siga siendo utilizado en forma adecuada y continua para los fines para los que es concedido, según lo establecido en el artículo 3º del Decreto de la Junta y de cumplirse con el trámite de renovación exigido en el artículo siguiente, la presente anuencia lo es también a los efectos de las respectivas renovaciones.

Precisamente por el artículo 6º se determina que, 180 días antes del vencimiento de cada uno de los períodos de cinco años a que se hace referencia en el artículo anterior, la institución comodataria deberá expresar por escrito ante el Municipio de Dolores, si desea renovar el plazo contractual o si está dispuesta a entregar el predio al vencimiento del mismo, estableciéndose que para este último caso las mejoras que haya realizado en el predio que se le entregó quedarán en exclusivo beneficio de la propiedad, o sea de la Intendencia y sin derecho a reclamo alguno. Para el caso que la institución desee continuar con la vigencia del comodato  y  así renovar su plazo, el Municipio de Dolores deberá remitir, de inmediato a la Junta Departamental, copia de la solicitud de la institución comodataria, a efectos que se tome conocimiento de la misma y que la Administración controle el efectivo cumplimiento de los fines del comodato. El Municipio deberá expedirse dentro de un plazo de 30 días a contar de la solicitud, y exclusivamente deberá informar a la Intendencia si la institución comodataria en cuestión ha cumplido en forma adecuada y continua con los fines para los que le fue entregado el predio. En caso de informe favorable del Municipio, la Intendencia deberá prorrogar el plazo de acuerdo a lo solicitado y dentro de los límites fijados en el artículo 5º del Decreto de la Junta. La prórroga de plazo no tendrá efectos jurídicos en caso de no cumplirse con los pasos administrativos dispuestos en el presente artículo, y hasta tanto no se subsanen las omisiones.

-

Incorporación de informe de Arquitectura y autorizaciones técnicas

Asimismo por el artículo 7º se dispone que el comodato deberá incorporar el informe del Departamento de Arquitectura y Ordenamiento Territorial, el que formará parte del referido contrato.

Según el artículo 8º, se deberá establecer en forma muy especial, que todo tipo de obras, intervenciones constructivas o arquitectónicas, que proyecte la Comodataria en dicho predio, deberá antes contar con las debidas autorizaciones del Departamento de Arquitectura de la Intendencia, y deberá cumplir con toda la regulación legal y reglamentaria existente para dicho predio según surge del citado informe de la Arq. Verónica Colman.

Finalmente el artículo 9º del Decreto, establece que, teniendo en cuenta el precitado informe del artículo anterior, se deberá disponer en una de las cláusulas del Contrato de Comodato, que para las obras e infraestructura a instalar, así sean a “cielo abierto”, deberán recabarse informes adecuados y técnicos sobre el posible impacto medio ambiental, a todos los efectos de preservar la zonificación que tiene de Espacio Público.

 



(2585)

A los lectores de @gesor que realizan comentarios, en particular a quienes ingresan en la condición de incógnito, no se molesten en hacer comentarios ya no son publicados debido a que no dejan registro de IP ante eventual denuncia de alguna persona que se sienta dañada por ellos.
Igualmente reiteramos lo que hemos escrito en anteriores oportunidades, que pueden referirse con la dureza que se entienda pertinente pero siempre dentro del respeto general y no discriminando ni agraviando, o con expresiones que de alguna manera inciten a la violencia. Los comentarios son una herramienta maravillosa que debemos preservar entre todos.

Quiere comentar esta noticia?

* Campos obligatorios
* Nombre:
* Correo Electrónico:
* Comentario:
* Caracteres

AGESOR - Soriano - Uruguay // (todos los derechos reservados )

powered by: Daniel Castro 2024
WordPress Appliance - Powered by TurnKey Linux