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El Centro Comercial e Industrial de Soriano informa que el Estudio de Abogados YELPO & FACAL propone a los empresarios sumar esfuerzos para presentar ante la Suprema Corte de Justicia, una Acción de Inconstitucionalidad que determine que el artículo 64 de la Ley de Inclusión Financiera es contrario a la Constitución vigente, por atentar contra los principios del comercio.
El Artículo 64 de la Ley 19.210 del 29/4/2014 prohíbe a los proveedores y comercios cobrar por los productos o servicios que ofrezcan un precio mayor si el pago se realiza mediante
tarjeta de débito o instrumento de dinero electrónico que si el pago se realiza con efectivo. Con lo cual, el arancel que debe pagar el comerciante o empresario por el pago mediante tarjeta ya sea de crédito o de débito, debe ser absorbido por éste y no puede trasladarlo al precio del producto o servicio.
Con una sentencia favorable de la Suprema Corte de Justicia, los comerciantes no se verían obligados a absorber como pasivo el arancel de las tarjetas. El efecto de la sentencia es para el caso concreto. Esto quiere decir que quien se presente y peticione ante la Justicia es quien luego se verá beneficiado en un eventual resultado favorable.
Los/as empresarios/as interesados/as en presentar Acción de Inconstitucionalidad pueden comunicarse con YELPO & FACAL ABOGADOS (18 de Julio 1296/701, Mvdeo. teléfono 29084665).
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