
El equipo de @gesor agradece desde ya vuestro aporte, el que nos permitirá seguir creciendo y brindando cada vez más contenido.
Moneda | Compra | Venta |
![]() |
38.05 | 41.05 |
![]() |
0.05 | 0.35 |
![]() |
7.23 | 9.23 |
![]() |
40.54 | 45.39 |


Por medio del Decreto Nº 1269, el Intendente de Soriano, Agustín Bascou dio el cúmplase a la resolución de la J.D.S. por la cual se aprueba el Régimen Especial de Pago para Sujetos Pasivos de Obligaciones Municipales.
Los contribuyentes comprendidos en el plan, son aquellos que mantienen deudas de impuestos y tasas que recauda la Intendencia de Soriano.
Se incluyen: Contribución Inmobiliaria Rural, Contribución Inmobiliaria Urbana y Sub-urbana y demás tasas comprendidas en la liquidación de esos tributos. También están el Impuesto a los Terrenos Baldíos, el Impuesto Ley 12.700, concordantes y modificativas (Semovientes) y las tasa de Contralor Bromatológico y la de Higiene Ambiental.
Todos los contribuyentes que quieran acogerse a los beneficios del Régimen de Facilidades, tienen plazo hasta el 18 de diciembre de este año.
Por más información, los interesados pueden consultar en www.soriano.gub.uy , también en la Sección Contribución de la Intendencia de Soriano, tel. 45322201 interno 1226, o en municipios y juntas locales del interior.
A los lectores de @gesor que realizan comentarios, en particular a quienes ingresan en la condición de incógnito, no se molesten en hacer comentarios ya no son publicados debido a que no dejan registro de IP ante eventual denuncia de alguna persona que se sienta dañada por ellos.
Igualmente reiteramos lo que hemos escrito en anteriores oportunidades, que pueden referirse con la dureza que se entienda pertinente pero siempre dentro del respeto general y no discriminando ni agraviando, o con expresiones que de alguna manera inciten a la violencia. Los comentarios son una herramienta maravillosa que debemos preservar entre todos.