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14 de July del 2015 a las 08:55 -
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A la espera de un cuartelillo más profesionalizado
@gesor entrevistó en José Enrique Rodó al encargado del destacamento de bomberos de ese municipio del centro del departamento de Soriano, Sargento Joe Ventín.
@gesor entrevistó en José Enrique Rodó al encargado del destacamento de bomberos de ese municipio del centro del departamento de Soriano, Sargento Joe Ventín.

(Por Enrique Lécaille) La Agencia Soriano de Noticias estuvo dialogando con el responsable del Destacamento de bomberos de José Enrique Rodó, el Sargento Joe Ventín, quien respondió algunas consultas formuladas con respecto a la jurisdicción que abarca ese cuartelillo.

Ventin, quien desde hace 21 años presta servicios en la Dirección Nacional de Bomberos, lleva 4 meses desempeñándose en su nueva función.

-¿Cómo ha sido recibido en su nuevo destino y con qué personal cuenta para atender el servicio en José Enrique Rodó?

“La verdad he sido muy bien recibido por toda la localidad. Es gente muy agradable y espero que en poco tiempo podamos trabajar juntos en pos de un cuartelillo de bomberos más profesionalizado. Actualmente el destacamento cuenta con 12 funcionarios, distribuidos en cuatro turnos. Para poder mejorar nuestro servicio necesitamos desde luego de toda la ello necesitamos de toda la población de José Enrique Rodó y zonas aledañas”.

-¿Qué lugares cubre exactamente la jurisdicción del cuartelillo de José Enrique Rodó?

“Bueno, además de José Enrique Rodó abarca a Egaña, Risso, Santa Catalina, Palo Solo, Pueblo Castillo, Perseverano y Parada Suárez e incluso localidades del departamento de Colonia, Ombúes de Lavalle y Pueblo Campana”.

-¿El número incendios registrados en esta temporada invernal está dentro de las cifras que se manejan para la zona?

“Sí, la verdad la cantidad de siniestros está dentro de los parámetro s que manejamos, ya que se hizo una buena prevención en la temporada Invernal, en escuelas de la zona y se salió a la prensa para informarles de cuáles eran las precauciones que había que tener referentes a la limpieza de estufas a leña y al cuidado de la ropa que se pone a secar junto a ellas, o el cuidado que hay que tener para no excederse en las conexiones en zapatillas eléctricas, ya que hace mucho frio y aumenta el consumo de la energía, por lo cual no es conveniente que estén en una zapatilla varios tomas”.

-Esta región comprende muchas localidades, como usted explicó,  y por lo tanto hay muchas instituciones y locales públicos en los que se organizan bailes continuamente: ¿Cómo está la zona en materia de habilitaciones de Bomberos?

“Es una buena pregunta, ya que tratamos de cumplir con todos los trámites que tenemos pendientes, puesto que nuestra jurisdicción es muy extensa y por lo tanto tenemos muchos locales para habilitar. Es importante tener conocimiento de que las reglamentaciones están y que es imprescindible cumplir con las normativas vigentes.

Lo que dice el Decreto 260 del año 2013, el cual está en vigencia es que: La habilitación es un acto Administrativo dictada por la Dirección Nacional de Bomberos, que certifica el cumplimiento de las medidas de prevención y protección contra siniestros, establece el lapso y las medidas a tomar por la empresa en cuestión. Esto se hace a través de gestores (Técnicos Habilitados) que están debidamente identificados en la página on line de la Dirección Nacional de Bomberos. Sólo hay una excepción y son las casas de los núcleos familiares. La habilitación se otorga en un plazo máximo de cuatro años y es imprescindible que todo local cuente con ella, por ejemplo locales comerciales, clubes deportivos, salones de fiesta, etcétera”.

-Sargento, recuérdenos, por favor: ¿Cuánto tiempo lleva realizar el trámite y por cuanto te habilita?

“El trámite demora, unos tres meses más o menos ya que hay una oficina para todo el país y dura la habilitación cuatro años, donde después solo tienes que renovarla. Se expide por el tiempo de un año solamente, a asentamientos temporales de acampanes con fines turísticos. También es de mencionar que cuando la construcción cambia de destino o se le introducen modificaciones estructurales, se debe realizar una nueva habilitación. También hay que mencionar que en el artículo 1 del decreto 422/980 de fecha 29 de julio de 1980 se refiere a espectáculos públicos y privados donde se le da un marco legal y cómo tienen que regirse los organizadores o responsables de estos eventos y los permisos que deben de tener y la autorización correspondiente. Expresa claro las medidas de seguridad acorde al tipo de evento que se realice y Bomberos no autoriza a realizar el baile en determinado club, el que determina si está habilitado para un evento es la Intendencia Municipal, bomberos solo le comunica si tiene la habilitación de Bomberos correspondiente o en tramite. Además en la Ley de prevención y defensa contra Incendios Nº 15.896 en los artículos 1º Jurisdicción, 2º Normas de prevención de Incendios, hasta el punto 3, 4,5 deja en claro las disposiciones del poder Ejecutivo a través del Ministerio del Interior por intermedio de la Dirección Nacional de Bomberos que ocupa a éste”.

-¿En definitiva, cómo quedan los locales para bailes?

“Con todo esto las normativas están. Que se cumplan o no es otra cosa. Con esto lo que va a pasar es que el club o salón de fiesta que tenga la habilitación de bomberos va a poder hacer eventos sin ningún problema y las que no cumplan con las medidas de defensa, los contratantes van a prescindir de sus servicios. Esto es oferta y demanda. ¿Ustedes a quien van a contratar? ¿A un local con todas las garantías o a otro que no? ¿A donde vas a mandar a tus hijos a bailar?

-Pero si no tiene la habilitación y solicitan el serviciio de un funcionario de Bomberos:  ¿quedan habilitados provisoriamente?

“Si, no tienen habilitación se les manda un funcionario por servicio ocasional contratados 272/93 y pueden hacer el evento, pero mira que no es obligación mandarle un bombero. El funcionario concurre si desea, ya que es en horas francas y el bombero dispone de su vida y decide cómo utilizar las horas de su tiempo. No es verdad que es obligación mandarle un bombero”

-Pero si no tiene personal no puede cerrar el baile?

“No hay falta de personal para cubrir los servicios, lo que sucede es como te dije antes. el bombero está franco y realiza el servicio si quiere. No se le puede obligar. Está en todo su derecho no querer realizar servicios ocasionales. Como dice la palabra, son servicios ocasionales. En sus horas francas él dispone. No hay que olvidarse que tiene familia con quien compartir esas horas. Está en todo su derecho”.

-¿Qué recomienda sobre el particular?

“A los responsables locales que no cuentan con habilitación de Bomberos les sugerimos que la tramiten, como corresponde, para poder disfrutar todos de una sociedad más segura”. 

-Muchas gracias por sus declaraciones, Ventín.

-Muchas gracias a ustedes por esta posibilidad. Y quisiera aprovechar este contacto con los lectores de @gesor para recordarle a la sociedad en general que no hay ningún tipo de bono colaboración en circulación para beneficio del Destacamento a mi mando”. 

 



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