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05 de December del 2014 a las 04:30 -
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Este sábado el Plenario del Frente Amplio trata candidaturas a la Intendencia
Desde candidatura única hasta triple estarán en la consideración debiéndose encontrar acuerdos para alcanzar el quórum necesario para la designación del o de los postulantes
Desde candidatura única hasta triple estarán en la consideración debiéndose encontrar acuerdos para alcanzar el quórum necesario para la designación del o de los postulantes

Para el sábado 6 está convocado el Plenario Departamental de Frente Amplio de Soriano, con la finalidad –en caso de los acuerdos respectivos- de sugerir ala ConvenciónDepartamentalel o los nombre/s de/del  los candidato/s a Intendente de Soriano, habiendo sido citada para las 19.00 horas en sede del Frente Amplio

ARTÍCULO 51º INTEGRACION DE LOS PLENARIOS DEPARTAMENTALES DEL INTERIOR.

Será la máxima autoridad política del departamento.

a) Presidente de la Departamental

b) Vicepresidentes de la Departamental.

c) Representantes de los sectores políticos nacionales y departamentales. Los mismos se distribuirán de acuerdo al sistema de representación proporcional, y se asegurará a cada una de las hojas de votación que se presenten en el Departamento a la elección interna del Frente Amplio, un representante en el Plenario Departamental, siempre que participen regularmente, como mínimo en las Comisiones Departamentales de Organización, Propaganda y Finanzas.

d) Los delegados de base que surjan de la elección de base para el Plenario Departamental.

La misma se llevará a cabo como máximo cada 30 meses.

Cada Plenario Departamental deberá previamente:

1) Fijar el número de integrantes.

2) Resolver si la circunscripción es por localidad, por Municipio, por Comité o como entienda más conveniente para su funcionamiento. Se asegurará como mínimo base uno a cada circunscripción. Es obligatoria la presentación de por lo menos un candidato en cada circunscripción. Habrá por lo menos dos circunscripciones por Departamento.

Tanto el número de miembros del Plenario Departamental, como la circunscripción definida, deberán ser informados a la Mesa Política Nacional 60 días antes de cada elección. De lo contrario la Mesa Política Nacional deberá expedirse 45 días antes de la elección.

Los sectores y bases tendrán igual cantidad de integrantes.

La elección de delegados de Base al Plenario Departamental se realizará en las mismas condiciones que la elección interna nacional del Frente Amplio.

e) El Intendente Departamental, integrante del Frente Amplio con voz y voto.

f) Diputados o su suplente respectivo en ejercicio por cada organización política del Frente Amplio con voz.

g) Ediles titulares o suplente respectivo en ejercicio por cada organización política del Frente Amplio con voz.

h) Delegados de Base electos al Plenario Nacional con voz.

i) Alcaldes y Concejales Frenteamplistas en ejercicio con voz

En todos los casos deberán participar (Diputados y Ediles) con carácter obligatorio.

Los grupos que se hayan presentado en la última elección y que no participen de las comisiones departamentales o no hayan obtenido cargos serán invitados a participar con voz.

Cada miembro del Plenario Departamental tendrá derecho a un voto, para poder ejercerlo se deberá dar cumplimiento al Artículo 123º del Estatuto del Frente Amplio.

ARTÍCULO 52º FUNCIONAMIENTO DEL PLENARIO DEPARTAMENTAL

Funcionará con la mayoría absoluta de sus integrantes. Como norma general resolverá por mayoría relativa, siempre que en el tema no se requieran mayorías especiales.

Cualquier resolución de la Departamental podrá ser modificada o anulada por el Plenario Nacional.

ARTÍCULO 53º COMPETENCIAS

Al Plenario Departamental competerá: todas las atribuciones dispuestas en el artículo 51º.

Si 1/5 de componentes califican un asunto de fundamental, sólo podrá adoptar decisión por el voto conforme de los 3/5 de componentes del cuerpo.

LA INTEGRACION DEL PLENARIO

El Plenario Departamental del Frente Amplio está conformado por 43 integrantes, a los que para la convocatoria de este sábado se suman los 11 ediles, los concejales y el diputado, todos estos con voz pero sin voto, siendo 43 los que tienen poder de decisión.

Cabe recordar que la integración de este Plenario corresponde a la elección interna del Frente Amplio del año 2012 y que la proclamación de los miembros que lo integran la realizó la Comisión Nacional Electoral

Los 43 integrantes son:

Mesa (3): Jorge Cardona (Presidente), Roberto Soca y Aníbal Méndez (Vicepresidentes)

Bases (20): Santa Catalina (1) Titular Acquistapacce Martínez, Miguel Nazareno; Suplente Revetria Doreste, Zully Viviana.

Villa Soriano (1) Titular Bonino Peirano, Alba Esmeralda; Suplente Charlo Vázquez, Jorge Dionisio; Suplente Devotto Ledesma, Marisel "Negra"; Suplente Casco Ivanoff, José Luis.

Cardona (2) Titular Bionda Antelo, Ana Maria; Titular Bisio Puigvert, Hugo Enrique;

Suplente González Silva, Mariana; Suplente Mello Sarasua, Gustavo Javier.

Eugenio Aguilar (2), Titular   Galain Méndez, Humberto, Titular Brun Barboza, Laura Elizabeth, Suplente Sierra Aguilar, Patricia; Suplente Goux Lacassa, Ana María.

Julio Castro (2) Titular Buscio Rivero, Blas Rafael; Titular Prestes Prestes, Marta Mercedes; Suplente Cortes Moreira, Fernando Gabriel.

Palmar (1) Titular Silva Da Silva, Mónica Elizabeth; Suplente Magallanes González, Ariel Javier.

Cassinoni- Nieto (3) Titular Saratsola Arcaus, Marcelo; Titular Pineyro Zipitría, Betina Talice; Titular    Acosta Pérez, Mariano Carmelo.

Bernardo Barreto-Lavalleja (4) Titular Rosso Borges, Wilfredo; Titular Bertochi; Salgado, Esther Alicia; Titular García Fiorelli, Decler; Titular García González, Nurymar; Suplente Martínez, Florencia Beatriz; Suplente Payret Arrúa, Juan José.

Dolores (4) Titular Bastos Mastrandea, Libre; Titular Plorutti Raffo, Raúl;  Titular Alonso Pérez, Damián; Titular García, Alba; Suplente Faller, Maria Del Carmen; Suplente Rosales Kuple, Osmar Marcelino; Suplente Colmegna Pucheta, Nydia; Suplente Ruffine Castro, Miriam Amalia.

Los Sectores (20):

Partido Socialista (4), Vertiente Artiguista (4), MPP (2), Compromiso Frenteamplista (1), Union Frenteamplista De Soriano (2), Partido Comunista (2), Asamblea Uruguay (1), La 5005 (1), Cap – L (1), Corriente De Izquierda (1), Partido Democrata Cristiano (1).

EL O LOS CANDIDATOS

 

De acuerdo a lo que hemos podido conocer, para el caso de la elección del o de los candidato/s a Intendente Departamental se iniciará proponiendo candidatura única y en caso que no se alcance el quórum necesario para ello, se pasará a analizar las demás mociones, o sea aquellos que promueven las dos postulaciones (en este caso de Jorge Cardona y Fernando Cabezudo) harán su presentación y de no alcanzarse el quórum exigido se pasará a votar por tres candidaturas y para este caso hay varios grupos que impulsan la candidatura del Dr. Julio Guastavino Aguiar.

NR: 



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