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El Juzgado de Paz de Mercedes dio a conocer la condena de un hombre de iniciales J.M.L.Q., por “faltas de agravio a la autoridad policial, conducción de vehículo sin la autoridad correspondiente y conducción de vehículo motorizado con grave estado de ebriedad”. Mientras tanto, el Juzgado de Paz de Dolores condenó al hombre de iniciales Y.A.LI., como “autor penalmente responsable de la falta prevista en el Art. 365 del Código Penal Nral. 2 y 3” por lo que se le aplicara la pena de 12 días de trabajo comunitario en el régimen de dos horas.
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Igualmente reiteramos lo que hemos escrito en anteriores oportunidades, que pueden referirse con la dureza que se entienda pertinente pero siempre dentro del respeto general y no discriminando ni agraviando, o con expresiones que de alguna manera inciten a la violencia. Los comentarios son una herramienta maravillosa que debemos preservar entre todos.