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13 de June del 2014 a las 09:18 -
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Registro y Búsqueda de Personas Ausentes
Se puede hacer a través de la página web del Ministerio del Interior una sección especial del departamento de Registro y Búsqueda de Personas Ausentes
Se puede hacer a través de la página web del Ministerio del Interior una sección especial del departamento de Registro y Búsqueda de Personas Ausentes

En las últimas horas quedó activa en la página web del Ministerio del Interior una sección especial del departamento de Registro y Búsqueda de Personas Ausentes. Allí se encuentran los nombres de cada persona desaparecida con una ficha que indica datos importantes para encontrarla, según informa la web oficial del Ministerio del Interior.

El Director Nacional de Lucha contra el Crimen Organizado e INTERPOL, Inspector Mayor José Pedro Izquierdo, dijo a Unicom que era necesario contar con éste recurso. 

“Era una situación un poco compleja crear una página de éstas características porque teníamos que contemplar la fiabilidad de todos los datos disponibles”. Fue así que el Ministerio del Interior propuso aportar desde su página web éste nuevo instrumento. 

Por el momento se están ingresando a la web todos los datos de las personas que se están buscando. Izquierdo indicó que en la página se ingresarán todos los registros de personas ausentes que han ingresado desde el año de su creación hasta el momento y aún no se han encontrado -alrededor de 200-. 

El departamento de Registro de Personas Ausentes nació en el año 2004, actualmente se encuentra dentro de la División de Crimen Organizado. Desde su creación se han ingresado más de 5000 personas que han desaparecido en todo el país. 

Para todos aquellos que quieran aportar información sobre las personas desaparecidas pueden comunicarse con el departamento de Registro y Búsqueda de Personas Ausentes: 152 4639 ó a través del correo electrónico personasausentes@minterior.gub.uy. 

 

Izquierdo también hizo referencia al procedimiento que debe hacer cada persona frente a la desaparición de un familiar o amigo. 

 

La persona puede realizar la denuncia de inmediato, comprobados los indicios evidentes de la desaparición, se comienza la búsqueda sin demora. El trabajo del departamento de personas ausentes comenzará a trabajar luego de la primera verificación que se realiza en la seccional donde se realizó la denuncia. 

 

“Una vez que se comprueba que la ausencia no es voluntaria o es voluntaria pero se trata de un menor de edad, comenzamos a intervenir nosotros”, afirmó Izquierdo. 



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