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Enviado por: Jacquelina Piazze

Según esta noticia CAMS no quiere contrariar la voluntad de FEPREMI porque es integrante de la misma. Creo que se está olvidando que también forma parte del Sistema Nacional Integrado de Salud, creado por la ley 18.211. Durante muchos años no cumplió con el Art 12, al no contar con el Consejo Consultivo. El cambio de guardia cardiológica local a departamental fue realizado sin contar con Consejo Consultivo, no acatando órdenes del Ministerio de Salud Pública de no innovar. Argumentó, incluso delante de la Dra Brecia, que esto no formaba parte de la reestructura. Pero el documento que Cams aprobó en setiembre del 2018 en Asamblea de socios “ Reestructura niveles de atención CAMS IAMPP” dice en el anexo 1, “Otras acciones relacionadas con la Reestructura Institucional” punto 4 “DEPARTAMENTALIZACIÓN DE GUARDIAS PARA LAS ESPECIALIDADES NO BÁSICAS”. Aunque parezca increíble la guardia cardiológica no está considerada como guardia básica, por lo tanto entra en este punto de la reestructura. La reestructura no estaba aprobada por JUNASA, por lo tanto Cams no cumplió con el Art 17 de la Ley 28.211. Los usuarios de Cams Dolores no fueron informados por las autoridades de este prestador sobre el cambio de la guardia, por lo tanto tampoco cumplieron con el Artículo 51 de la ley, inciso A y ni hablemos del inciso E. Ante tantos incumplimientos de la ley, la Junta Nacional de Salud cuenta con una pena también marcada por la ley 18.211, Art 28 inciso E, y no ha recurrido a ella, priorizando el bien de los integrantes de la cooperativa médica y no busca poner al usuario como centro, como dice el Ministerio de Salud pública. Y si la Dra Brecia dijo en la reunión realizada en Mercedes con autoridades de Cams, representantes de usuarios y funcionarios, que los servicios se deben brindar en el lugar donde vive el paciente, ¿por qué los pacientes cardiológicos de Dolores deben viajar a Mercedes a ser atendidos por la guardia, incluso más de una vez sin importar su estado? Esto es sabido por todas las autoridades de Salud Pública y nada se ha hecho al respecto. Sin interés de ofender, podemos ver claro que CAMS siente que es más importante obedecer a FEPREMI, que cumplir con la ley por la cual eligió formar parte del Sistema Nacional de salud. Vemos que los usuarios somos importantes por el aporte, no importa nuestra asistencia.

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